Resolución N° 1816/GCABA/SHYF/00
Firmantes | Pesce |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | (Ex) Secretaría de Hacienda y Finanzas |
Fecha de la disposición | 30 de Octubre de 2000 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS
APRUÉBASE ACTA ACUERDO
RESOLUCIÓN N° 1816/ GCABA/ SHYF/ 00
APRUÉBASE ACTA ACUERDO ENTRE LA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS Y LA FIRMA STARNET S.A.
Buenos Aires, 30/10/2000
Visto el Registro N° 0233-CVD ex MCBA-97; y
CONSIDERANDO:
Que por el indicado Registro tramita, la presentación de STARNET S.A., efectuada como cesionario de un presunto crédito tenido por VENTURINO ESHIUR S.A. con la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires por el servicio de limpieza en el Hospital Neuropsiquiátrico "Braulio Moyano";
Que a través de la actuación relacionada, y con la acreditación de la mentada cesión crediticia, gestionó el reconocimiento de una acreencia, por la tarea indicada, por un importe total de pesos ciento tres mil setecientos ($ 103.700,00);
Que su reclamo fue impulsado al amparo de lo establecido por el Decreto N° 225-GCBA-96;
Que en el diligenciamiento de la pretensión intervino la ex Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;
Que dicho cuerpo impuso a la petición en cuestión el procedimiento previsto por el precitado acto administrativo y sus normas complementarias;
Que las dependencias requeridas produjeron los informes solicitados;
Que la prestación del servicio, origen de la reclamación, fue reconocida por el Interventor del Hospital precitado, en forma parcial, y por un importe de pesos sesenta y cuatro mil dieciséis con cuarenta centavos ($ 64.016,40) según constancias habidas en la Carpeta Factura N° 5.814/CG/94;
Que se formuló propuesta de pago del crédito verificado, anterior al 6/8/96 por el importe citado en el párrafo precedente, el cual fue conformado por las Direcciones Generales de Tesorería y de Contaduría, y que corresponde abonar en los términos del Art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96;
Que la suma citada de pesos sesenta y cuatro mil dieciséis con cuarenta centavos ($ 64.016,40) devengará intereses a la tasa del seis punto siete por ciento (6,7 %) efectivo anual desde el 6-8-96 hasta la fecha de vencimiento de cada cuota conforme la opción de cobro decidida por la acreedora;
Que de las alternativas transmitidas en su momento -de acuerdo a la Resolución N° 36/SSHyF/SSG/96- se aceptó percibir lo adeudado en cuarenta y ocho (48) cuotas mensuales, iguales y...
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