Resolución N° 6/GCABA/SDE/00

FirmantesHecker
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Secretaría de Desarrollo Económico
Fecha de la disposición 5 de Septiembre de 2000

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

RESOLUCIÓN N° 6/ GCABA/ SDE/ 00

CONFIRMANSE PROCEDIMIENTOS Y ACTOS ADMINISTRATIVOS, RESPECTO DEL LOCAL SITO EN NEUQUEN 1036 COMERCIO MINORISTA DE CARNE Y PRODUCTOS ALIMENTICIOS EN GENERAL

Buenos Aires, 05/09/2000

Visto la Nota N° 9280-DGHySA/2000 mediante la cual tramita la Queja N° 037-DGHySA/2000, y agregados los Registros N° 634-DGHySA/2000, N° 656-DGHySA/2000, N° 699-DGHySA/2000, y N° 865-DGHySA/2000, relacionada con el local sito en Neuquén 1036, que funciona como Comercio minorista de carne, lechones, achuras, embutidos; verduras, frutas, carbón (en bolsa), aves muertas y peladas, chivitos, productos de granja, huevos hasta 60 docenas; Productos alimenticios en general; Productos alimenticios envasados; Bebidas en general envasadas; Casa de comidas; Rotisería; Comercio minorista de artículos de limpieza , y

CONSIDERANDO:

Que, el día 8/3/2000, el establecimiento del visto fue clausurado en forma preventiva e inmediata, por personal del Departamento de Fiscalización e Inscripciones dependiente de la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria, procedimiento convalidado a través de la Disposición N° 053-DGHySA/2000 (fs.6/7), por hallarse afectadas las condiciones mínimas de higiene - artículo 12.1.2. inc. d) del Código de Habilitaciones y Verificaciones (Ordenanza N° 33.266- AD 700.66), ratificada por Resolución N° 21-SSSAyCPC/2000 (fs.57/58) ;

Que, por Registro N° 634-DGHySA/2000 (fs.9), se solicitó el levantamiento de la clausura impuesta; no acreditándose en el escrito la personería conforme a lo establecido en el Capitulo IV del Decreto 1.510-GCBA/97-BOCBA N° 310;

Que, por Registro N° 656-DGHySA/2000 (fs.19) se solicitó el retiro de las fajas de clausura al solo efecto de llevar a cabo la higienización del local, petición que se reitera a través del Registro N° 699-DGHySA/2000 (fs.20);

Que, mediante la Disposición N° 71-DGHySA-/2000 (fs.27/28) se dió intervención al departamento de Epidemiología Alimentaria, perteneciente a esta Dirección General, con el objeto de determinar las medidas necesarias para impedir la ocurrencia de un nuevo brote de enfermedad trasmitidas por alimentos y, por ende, se rechazó la solicitud del retiro de fajas de clausura hasta tanto el sector de esta Dirección General señalado ut-supra indicara las medidas que debían adoptarse con respecto al establecimiento interdicto;

Que, mediante la Disposición N°...

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