Resolución N° 852/GCABA/SSOP/99

FirmantesRothamel
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
Emisor(Ex) Subsecretaría de Obras Públicas
Fecha de la disposición25 de Noviembre de 1999

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

RESOLUCIÓN N° 852/ GCABA/ SSOP/ 99

CONCEDE A LA EMPRESA CAPUTO S.A.I.C. Y .F. LA AUTORIZACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE TRABAJOS EN LA AV. ESPAÑA.

Buenos Aires, 25/11/1999

Visto el Expediente N° 63.369/99, por el cual la empresa CAPUTO S.A.I.C. y F., contratista de la Corporación Antiguo Puerto Madero S.A., solicita autorización para la realización de los trabajos correspondientes a la construcción del Aliviador del desagüe Pluvial del Modelo 10, en el cruce de la Av. España, a ciento ochenta (180) metros hacia el Sur de la intersección de esta avenida y la prolongación virtual de la Av. Elvira Rawson de Dellepiane desde conexión con conducto pluvial (Modelo 10) hasta su desembocadura, según plano general obrante a fs. 42, y demás documentación adjunta, y

CONSIDERANDO:

Que es necesario darle continuidad al sistema de desagüe pluvial que se encuentra realizando la Corporación Antiguo Puerto Madero, en el área bajo su Jurisdicción;

Que tanto por las características cuanti-cualitativas del transijo vehicular del área como las particulares inherentes a esta obra, requieren del estudio de factibilidad técnica, de rigor para minimizar el impacto que la realización de los trabajos genere a la Ciudad;

Que la obra cuenta con la aprobación de la Dirección General de Hidráulica, según consta a fojas 69 y 72;

Que dicha aprobación se halla condicionada a que la recurrente asuma la total responsabilidad tanto de la construcción como el funcionamiento adecuado de la conexión del mismo al Sistema de Desagüe existente y a las modificaciones de proyecto y presentación de cronograma de tareas;

Que asimismo la conexión mencionada sólo podrá realizarse una vez verificado fehacientemente su adecuado funcionamiento;

Que las condiciones propuestas por el Ordenamiento de Tránsito para el ensanchamiento de dicha arteria serán analizadas por la Dirección General de Vialidad;

Que corresponde establecer las responsabilidades de la peticionante con relación a las consecuencias directas e indirectas a que pudieran dar origen con la realización de las obras en el espacio urbano público;

Por ello, atento a lo informado por las Direcciones Generales de Hidráulica y de Obras Públicas;

EL SUBSECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS

RESUELVE:

Artículo 1°

Concédese a la empresa CAPUTO S.A.I.C. Y F., inscripta en el Registro de Empresas de Obras en la Vía Pública del...

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