Resolución N° 852/GCABA/SSOP/99
Firmantes | Rothamel |
Jefe de Gobierno | Fernando De La Rúa |
Emisor | (Ex) Subsecretaría de Obras Públicas |
Fecha de la disposición | 25 de Noviembre de 1999 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
RESOLUCIÓN N° 852/ GCABA/ SSOP/ 99
CONCEDE A LA EMPRESA CAPUTO S.A.I.C. Y .F. LA AUTORIZACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE TRABAJOS EN LA AV. ESPAÑA.
Buenos Aires, 25/11/1999
Visto el Expediente N° 63.369/99, por el cual la empresa CAPUTO S.A.I.C. y F., contratista de la Corporación Antiguo Puerto Madero S.A., solicita autorización para la realización de los trabajos correspondientes a la construcción del Aliviador del desagüe Pluvial del Modelo 10, en el cruce de la Av. España, a ciento ochenta (180) metros hacia el Sur de la intersección de esta avenida y la prolongación virtual de la Av. Elvira Rawson de Dellepiane desde conexión con conducto pluvial (Modelo 10) hasta su desembocadura, según plano general obrante a fs. 42, y demás documentación adjunta, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario darle continuidad al sistema de desagüe pluvial que se encuentra realizando la Corporación Antiguo Puerto Madero, en el área bajo su Jurisdicción;
Que tanto por las características cuanti-cualitativas del transijo vehicular del área como las particulares inherentes a esta obra, requieren del estudio de factibilidad técnica, de rigor para minimizar el impacto que la realización de los trabajos genere a la Ciudad;
Que la obra cuenta con la aprobación de la Dirección General de Hidráulica, según consta a fojas 69 y 72;
Que dicha aprobación se halla condicionada a que la recurrente asuma la total responsabilidad tanto de la construcción como el funcionamiento adecuado de la conexión del mismo al Sistema de Desagüe existente y a las modificaciones de proyecto y presentación de cronograma de tareas;
Que asimismo la conexión mencionada sólo podrá realizarse una vez verificado fehacientemente su adecuado funcionamiento;
Que las condiciones propuestas por el Ordenamiento de Tránsito para el ensanchamiento de dicha arteria serán analizadas por la Dirección General de Vialidad;
Que corresponde establecer las responsabilidades de la peticionante con relación a las consecuencias directas e indirectas a que pudieran dar origen con la realización de las obras en el espacio urbano público;
Por ello, atento a lo informado por las Direcciones Generales de Hidráulica y de Obras Públicas;
EL SUBSECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS
RESUELVE:
Concédese a la empresa CAPUTO S.A.I.C. Y F., inscripta en el Registro de Empresas de Obras en la Vía Pública del...
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