Resolución N° 149/PJCABA/CMCABA/99

FirmantesCueto Rua-Corti-Carcova-Bonatto-Casas De Chamorro Vanasco-Gauna
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
EmisorConsejo de la Magistratura
Fecha de la disposición 4 de Noviembre de 1999

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

RESOLUCIÓN N° 149/ PJCABA/ CMCABA/ 99

ESTABLECEN MONTOS MÍNIMOS EN CONCEPTO DE CAPITAL - RECURSO DE APELACIÓN CONTRA SENTENCIAS DEFINITIVAS - RECAÍDAS EN PROCESOS DE CONOCIMIENTO

Buenos Aires, 04/11/1999

Visto y considerando:

Que los Arts. 219 y 456, ambos "in fine", de la Ley N° 189

disponen que son apelables las sentencias definitivas que se dicten

en procesos en los que el valor cuestionado exceda de la suma que

establezca la reglamentación que dicte el Consejo de la Magistratura,

salvo los casos de obligaciones de carácter alimentario, y la garantía

de la doble instancia judicial ordinaria que garantiza el Art. 8°

Inc. 2), punto h) de la Convención Americana de Derechos Humanos.

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°

Establecer en $ 5.000.

(pesos cinco mil) el monto mínimo en concepto de capital, a partir

del cual será procedente el recurso de apelación contra las sentencias

definitivas recaídas en procesos de conocimiento, excepto en aquellos

casos de obligaciones de carácter alimentario y en los que se controvierta

la procedencia de...

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