Resolución N° 633/GCABA/99

FirmantesClausse-Mathov
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición29 de Septiembre de 1999

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESOLUCIÓN N° 633/ GCABA/ 99

CREACIÓN DEL REGISTRO DE AGENCIAS COMERCIALIZADORAS DE TAXIS EN EL ÁMBITO DE LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE, PARA EL REGISTRO DE AGENCIAS QUE COMERCIALICEN LICENCIAS HABILITANTES. AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE VALIDEZ DEL CERTIFICADO DE TITULARIDAD DE LA RESOLUCIÓN N° 528-SPYS-97. CESIÓN DE DERECHOS Y TRANSFERENCIA DE LICENCIAS DE TAXI.

Buenos Aires, 29/09/1999

Visto el Expediente N° 96.105/98, la Ordenanza N° 41.815 (B.M. N° 17.950) que establece el régimen de control y funcionamiento del Servicio Público de Taxis, el Decreto N° 132/96 (B.M. N° 20.201) mediante el que se crea el Registro Unico del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro, la Resolución N° 87-SPyS-96 a través de la que se reglamenta dicho decreto y la Resolución N° 528-SPyS-97 que fija el procedimiento para la transferencia de licencias de taxi, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 29 de la Ordenanza citada determina que la transferencia de licencias de taxi debe realizarse con la intervención personal del cedente y del cesionario;

Que tanto el artículo 8° del Decreto N° 132/96 como el apartado 8° de la Resolución N° 87-SPyS-96, establecen que la emisión del certificado de titularidad constituye una condición para la transferencia de licencias de taxi;

Que a fin de dotar de mayor seguridad jurídica a la transferencia de licencias, el artículo 1° de la Resolución N° 528-SPyS-97 prevé que la misma debe formalizarse mediante escritura pública pasada por ante escribano con Registro de la Ciudad de Buenos Aires;

Que en la mayor parte de las transferencias de licencias intervienen agencias de taxi;

Que el alto grado de participación de dichas agencias en la operatoria de transferencia de licencias de taxi, meritúa la implementación de un registro destinado a facilitar el seguimiento de la actividad que desarrollan;

Que siguiendo las pautas fijadas por la Resolución N° 528-SPyS-97 en materia de seguridad jurídica, resulta conveniente establecer reglas específicas para la transferencia de licencias cuando intervinieran agencias de taxi;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS

PÚBLICOS Y TRANSPORTE Y TRÁNSITO

Y

EL SECRETARIO DE GOBIERNO

RESUELVEN:

Artículo 1°

Créase el Registro de Agencias Comercializadoras de Taxis en el ámbito de la Subsecretaría de Transporte.

Art. 2°

En...

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