Resolución N° 1592/GCABA/SHYF/99

FirmantesDelle Ville
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
Emisor(Ex) Secretaría de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición 2 de Julio de 1999

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS

APRUEBASE ACTA ACUERDO CON LAS EMPRESAS S.E.S. S.A., REPRESENTADA POR EL INGENIERO JORGE A. N. CAPUTO Y ROSSWAY COMPANY S.A., REPRESENTADA POR EL SEÑOR NESTOR G. CARDOZO

RESOLUCIÓN N° 1592/ GCABA/ SHYF/ 99

APRUÉBASE ACTA ACUERDO CON LAS EMPRESAS S.E.S. S.A., REPRESENTADA POR EL INGENIERO JORGE A. N. CAPUTO Y ROSSWAY COMPANY S.A., REPRESENTADA POR EL SEÑOR NESTOR G. CARDOZO

Buenos Aires, 02/07/1999

Visto el Registro N° 0119-CVD ex MCBA97; y,

CONSIDERANDO:

Que por el indicado Registro tramita la presentación de la empresa S.E.S. S.A., efectuada en su carácter de titular de un contrato de concesión de Obras y Mantenimiento de Hospitales y Establecimientos Asistenciales Municipales - GRUPO II;

Que a través de la actuación relacionada gestionó el reconocimiento de una acreencia, por las tareas indicadas, por un importe de pesos cuatro millones seiscientos setenta y cuatro mil doscientos treinta y cuatro con treinta y un centavos ($ 4.674.234,31);

Que impulsó su reclamo al amparo de lo establecido por el Decreto N° 225-GCBA-96;

Que en el diligenciamiento de su pretensión intervino la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;

Que dicho cuerpo impuso a la petición en cuestión el procedimiento previsto por el precitado acto administrativo y sus normas complementarias;

Que las dependencias requeridas produjeron los informes solicitados;

Que en su momento se formuló propuesta de pago de los créditos reconocidos en su favor, anteriores y posteriores al 6 de agosto de 1996, la cual mereció la respuesta de la interesada;

Que ha quedado definitivamente determinada y reconocida la deuda para con la reclamante;

Que la misma asciende a un total de pesos cinco millones doscientos treinta y tres mil ochocientos seis con diecisiete centavos ($ 5.233.806,17);

Que de la indicada suma corresponden pesos ochocientos dos mil ochocientos setenta y nueve con cuarenta y ocho centavos ($ 802.879,48) a deuda anterior al 6-8-96, con la inclusión de pesos sesenta y cinco mil ochocientos noventa y siete con catorce centavos ($ 65.897,14) en concepto de Obras Iniciales con vencimiento anteriores a dicha fecha, y pesos cuatro millones cuatrocientos treinta mil novecientos veintiséis con sesenta y nueve centavos ($ 4.430.926,69) al la producida desde el 6-8-96, incluyéndose en ese monto pesos quinientos tres mil doscientos catorce con sesenta centavos ($ 503.214,60) como Reconocimiento de Deuda por Obras Iniciales con vencimiento posterior a la indicada fecha;

Que a la fijación de los premencionados importes se ha arribado luego de efectivizados descuentos -por Mantenimiento y Limpieza- del orden del veinte por ciento (20 %) en concepto de adicionales aprobados por la Secretaría de Salud y prestados entre el 1° de agosto de 1996 y el 31 de diciembre de 1997 inclusive; del ocho por ciento (8%) por facturación desde agosto de 1996 hasta diciembre de 1997 inclusive y del quince por ciento (15%) por facturación de Prestaciones efectuadas desde el 1° de enero de 1998 en adelante;

Que asimismo se ha aplicado, para la deuda posterior al 6-8-96, un descuento del veinticinco por ciento (25%) sobre lo verificado, salvo para Obras Iniciales y Complementarias;

Que en consecuencia, y en los términos del Art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96, se reconoce el pago de pesos ochocientos dos mil ochocientos setenta y nueve con cuarenta y ocho centavos ($ 802.879,49), en concepto de deuda anterior al 6-8-96;

Que de la precitada suma, la cantidad, de pesos ciento cincuenta y tres mil novecientos con dieciocho centavos ($ 153.900,18) corresponden ser abonados a la empresa Rossway Company S.A. por cesión efectuada en su favor y el resto, de pesos seiscientos cuarenta y ocho mil novecientos setenta y nueve con treinta centavos ($ 648.979,30) a la empresa S.E.S. S.A.;

Que el importe reconocido de pesos ochocientos dos mil ochocientos setenta y nueve con cuarenta y ocho centavos ($ 802.879,48) devengará intereses a la tasa del seis punto siete por ciento (6,7 %) efectivo anual desde el 6-8-96 hasta la fecha prevista para su cancelación total;

Que de las alternativas transmitidas en su momento de acuerdo a la Resolución N° 36-SSHyF/SSG-96- se aceptó percibirlo adeudado y reconocido, sin quita alguna, en cuarenta y ocho (48) cuotas mensuales, a partir del 1° de junio de 1998;

Que dicho pago total se formalizará mediante pagarés Decreto N° 225-GCBA-96 emitidos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en pesos y con cláusula "sin protesto" ;

Que el primero de tales instrumentos cancelatorios de la obligación de marras será satisfecho a los treinta (30) días, de dictada la presente y su importe total será el valor de una (1) cuota con más un único adicional equivalente a los montos sumados de aquellas que, conforme a la propuesta aceptada, hubieren vencido a esa fecha (Art. 1° incisos a) y b) de la Resolución N° 236 SSHyF/SSG-97);

Que la suma resultante, relacionada en el párrafo precedente, se verá afectada por la retención que pudiera caber en concepto de Impuestos a las Ganancias e Ingresos Brutos;

Que los restantes...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR