Resolución N° 1547/GCABA/SHYF/99
Firmantes | Delle Ville |
Jefe de Gobierno | Fernando De La Rúa |
Emisor | (Ex) Secretaría de Hacienda y Finanzas |
Fecha de la disposición | 18 de Junio de 1999 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS
APRUEBASE ACTA ACUERDO CON LA EMPRESA SEHOS S.A.
RESOLUCIÓN N° 1547/ GCABA/ SHYF/ 99
APRUÉBASE ACTA ACUERDO CON LA EMPRESA SEHOS S.A.
Buenos Aires, 18/06/1999
Visto el Registro N° 0168-CVD ex MCBA-96; y
CONSIDERANDO:
Que por el indicado Registro tramita la presentación de la empresa Sehos S.A., efectuada en su carácter de titular de un contrato de concesión para la construcción, conservación y explotación de obra pública de establecimientos asistenciales municipales correspondientes al Grupo III;
Que a través de la actuación relacionada gestionó el reconocimiento de una acreencia, al 11 de junio de 1996, por las tareas indicadas, por un importe de pesos un millón cuatrocientos treinta y cinco mil ciento setenta y seis con setenta y un centavos ($ 1.435.176,71);
Que impulsó su reclamo al amparo de lo establecido por el Decreto N° 225-GCBA-96;
Que en el diligenciamiento de su pretensión intervino la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;
Que dicho cuerpo impuso a la petición en cuestión el procedimiento previsto por el precitado acto administrativo y sus normas complementarias;
Que las dependencias requeridas produjeron los informes solicitados;
Que en su momento se formuló propuesta de pago de los créditos reconocidos, anteriores y posteriores al 6-8-96, la cual mereció la respuesta de la interesada;
Que ha quedado definitivamente determinada y reconocida la deuda para con la reclamante;
Que la misma asciende a un total de pesos cuatro millones doscientos ochenta y seis mil cuatrocientos setenta y nueve con cuarenta y dos centavos ($ 4.286.479,42);
Que de la indicada suma corresponden pesos novecientos cuarenta y cuatro mil setecientos noventa y dos con cincuenta y cuatro centavos ($ 944.792,54) a deuda anterior al 6-8-96, con la inclusión de pesos doscientos treinta mil veinticuatro con noventa y un centavos ($ 230.024,91) en concepto de Reconocimiento de Deudas con vencimientos anteriores a dicha fecha, y pesos tres millones trescientos cuarenta y un mil seiscientos ochenta y seis con ochenta y siete centavos ($ 3.341.686,87) a la producida desde el 6-8-96, incluyéndose en este monto pesos seiscientos sesenta y siete mil setenta y dos con veintiún centavos ($ 667.072,21) como Reconocimiento de Deudas con vencimientos posteriores a la indicada fecha;
Que a la fijación de los premencionados importes se ha arribado luego de efectivizados descuentos -por Mantenimiento y Limpieza- del orden del veinticinco por ciento (25 %) en concepto de adicionales aprobados por la Secretaría de Salud y prestados con anterioridad al 31 de julio de 1996 inclusive, del veinte por ciento (20 %) en concepto de adicionales aprobados por la Secretaría de Salud y prestados entre el 1° de agosto de 1996 y el 31 de diciembre de 1997 inclusive, del ocho por ciento (8 %) por facturación desde agosto de 1996 hasta diciembre de 1997 inclusive y del quince por ciento (15 %) por facturación de prestaciones efectuadas desde el 1° de enero de 1998 en adelante;
Que asimismo se ha aplicado, para la deuda anterior al 6-8-96, un descuento del veinticinco por ciento (25 %) sobre lo verificado, salvo para Obras Iniciales;
Que en consecuencia, y en los términos del Art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96, se reconoce el pago a la empresa Sehos SA. de la suma de pesos setecientos catorce mil setecientos sesenta y siete con sesenta y tres centavos ($ 714.767,63), en concepto de deuda anterior al 6-8-96;
Que dicho monto no incluye pesos doscientos treinta mil veinticuatro con noventa y un centavos ($ 230.024,91), correspondientes a Reconocimiento de Deudas, con vencimientos anteriores a la indicada fecha;
Que la precitada suma de pesos setecientos catorce mil setecientos sesenta y siete con sesenta y tres centavos ($ 714.767,63), devengará intereses a la tasa del seis punto siete por ciento (6,7 %) efectivo anual desde el 6-8-96 hasta la fecha prevista para su cancelación total;
Que de las alternativas transmitidas en su momento -de acuerdo a la Resolución N° 36-SSHyF/SSG-96- la acreedora decidió percibir lo adeudado y reconocido en su favor, sin quita alguna, en cuarenta y ocho (48) cuotas mensuales, a partir del 1° de junio de 1998;
Que dicho pago se formalizará mediante pagarés Decreto N° 225-GCBA-96, emitidos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en pesos y con cláusula sin protesto;
Que el primero de tales instrumentos cancelatorios de la obligación de marras será satisfecho a los treinta (30) días de dictada la presente y su importe total será del valor de una (1) cuota con más un único adicional equivalente a los montos sumado de aquellas que, conforme a la propuesta aceptada hubieren vencido a esa fecha (Art.1° incisos a) y b) de la Resolución N° 236-SSHyF/SSG-97);
Que la suma resultante relacionada en el párrafo precedente se verá afectada por la deducción correspondiente en concepto de Impuestos a las Ganancias e ingresos Brutos;
Que los restantes pagarés, por los...
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