Resolución N° 877/GCABA/SHYF/98
Firmantes | Rodriguez Giavarini |
Jefe de Gobierno | Fernando De La Rúa |
Emisor | (Ex) Secretaría de Hacienda y Finanzas |
Fecha de la disposición | 28 de Enero de 1998 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS
RESOLUCIÓN N° 877/ GCABA/ SHYF/ 98
APRUEBA EL ACTA ACUERDO CELEBRADA EL 29 DE DICIEMBRE DE 1997, POR LA COMISIÓN VERIFICADORA DE CRÉDITOS DE LA EX MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y LA EMPRESA LA TECNOLÓGICA DE MARCELO BETTI, QUE, COMO ANEXO I, FORMA PARTE DE LA PRESENTE.
Buenos Aires, 28/01/1998
Visto el Registro N° 0285-CVDexMCBA-97 y los términos del Decreto N° 225-GCBA-96; y,
CONSIDERANDO:
Que por el Registro mencionado tramita la presentación que la empresa LA TECNOLOGICA de MARCELO BETTI hiciera ante la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;
Que el Decreto N° 225-GCBA-96, por el cual se creó la Comisión citada prevé el procedimiento a seguir con respecto a las deudas contraídas por la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;
Que efectuada la revisión del crédito reclamado y analizada la disposición financiera del Gobierno de la Ciudad, con fecha 29 de agosto de 1997 la empresa en cuestión se notificó de las alternativas de opción que permitirían la cancelación de la totalidad de la deuda verificada que asciende a la suma de pesos cinco mil cuarenta y cinco con treinta centavos ($ 5.045,30);
Que con fecha 10 de septiembre de 1997 la empresa LA TECNOLOGICA de MARCELO BETTI acepta la opción consistente en una deducción del treinta y cinco por ciento (35 %) sobre el monto de la deuda verificada, en consecuencia, se le reconoce en los términos del Art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96 la suma de pesos tres mil doscientos setenta y nueve con cuarenta y cuatro centavos ($3.279,44), la cual será abonada en una única cuota, sin interés, con vencimiento a los treinta (30) días de firmada el acta correspondiente;
Que dicha cuota se instrumentará con un pagaré Decreto N° 225-GCBA-96, con cláusula "sin protesto" emitido en pesos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a favor del acreedor, descontando de la misma la retención de Impuesto a las Ganancias e Ingresos Brutos que pudieren corresponder
Que a los 29 días del mes de diciembre de 1997 y en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96, se procedió a suscribir el acta correspondiente;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires se ha pronunciado al respecto, en cumplimiento de lo estipulado en el Art. 8° de la citada norma;
Por lo expuesto y en cumplimiento de lo establecido por el...
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