Resolución Nº 320/GCABA/AGIP/15

FirmantesWalter
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAdministración Gubernamental de Ingresos Públicos
Fecha de la disposición15 de Mayo de 2015

VISTO:

Las Leyes N° 2.603, N° 2.095 y su modificatoria Ley N° 4.764, el Decreto N°

95/GCABA/14, las Resoluciones N° 180/MHGC/08, N° 513/AGIP/12 y N° 651/AGIP/12,

el Expediente Electrónico N° 2.908.068/DGR/15, y;

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación tramita la solicitud de ampliación presupuestaria sobre la

Licitación Pública N° 87/2012 destinada a la prestación del Servicio de relevamiento y

actualización periódica de elementos e instalaciones que tributan por el uso y

ocupación del espacio público, contribución por publicidad y gravámenes sobre

estructuras, soportes o portantes de antenas, conforme al Código Fiscal vigente en la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y confección de un padrón para utilización de la

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que el mencionado servicio fue adjudicado mediante la Resolución N° 651/AGIP/12 a

favor de la firma Semcor S.A. y materializado en la Orden de Compra N° 43010/12;

Que motiva tal solicitud de ampliación el hecho de que los montos a erogar en

concepto de pago por el servicio en cuestión son el resultado de un proporcional sobre

las diferencias efectivamente ingresadas en la recaudación, modalidad que sólo

permite una estimación aproximada;

Que al momento de realizar la afectación presupuestaria inicial, la misma fue estimada

en base a una muestra sobre el padrón de contribuyentes vigente al momento de

iniciado el proceso licitatorio;

Que tal como fuera reflejado en el documento contractual mencionado, se trataba de

un valor estimado referencial a determinar en cada mes tras las sucesivas

certificaciones del servicio cumplido;

Que como resultado del incremento en la recaudación de publicidad y gravámenes

varios, lo que ha superado las expectativas iniciales, dicho valor estimado fue

consumido en su totalidad al cumplirse veinticuatro (24) meses del contrato vigente;

Que el servicio en cuestión resulta beneficioso para esta Administración

Gubernamental ya que se vincula en forma directa con las funciones constitutivas de

este organismo establecidas por el Artículo 5° de la Ley N° 2.603, por lo que se

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