Resolución Nº 319/GCABA/SSREGIC/17

FirmantesCruz
EmisorSUBSECRETARÍA REGISTROS INTERPRETACIÓN Y CATASTRO

VISTO:

El Expediente N° 3871530/DGROC/2016 de Ajustes de obra para la finca sita en la

calle Crámer N° 3530, y

CONSIDERANDO:

Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso

destinadas a "Vivienda Multifamiliar, Estudio Profesional y Espacio Guardacoches".

Que se trata de una ampliación conformada por un total de 2.34 m2 los cuales fueron

ejecutados en forma no reglamentaria (Planta Azotea: Tanques) según surge del

cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente

aprobadas s/N° de Orden 4 Pág. 2 y 3/11 (PLANO-2016-03770633- DGROC) y los

planos presentados para regularizar la situación s/ N° de Orden 48 (PLANO-2016-

20151338-DGROC), con destino "Vivienda Multifamiliar, Estudio Profesional y Espacio

Guardacoches".

Que obra s/N° de Orden 64 Pág. 1 a 2/3 (RE-2016-26086465-DGROC) la Memoria e

Informe Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional habilitado que

interviene en el trámite de regularización.

Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a los presupuestos establecidos en

el Título V del Código Civil; según consta N° de Orden 3 Pág. 150 a 151/233 (RE-

2016-03770133-DGROC),

Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene el Artículo 2.1.1.1. "Trabajos

que requieren permiso de obra" del Código de la Edificación y el Artículo 4.2.6 "Perfil

Edificable" del Código de Planeamiento Urbano.

Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en

contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A.

N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General

N° 24.887.

Que según informe de la D.G.R.O.C. de N° de Orden 66 Pág. 1/3 (IF-2016-26432646 -

DGROC), las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el

resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de

habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales, y según la

declaración jurada del profesional interviniente s/N° de Orden 64 Pág. 1 a 2/3 (RE-

2015-26086465-DGROC), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y

salubridad pública de sus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable

por cualquier divergencia con la realidad o falseamiento, según lo prescripto en el inc.

f)...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR