Resolución N° 1133/GCABA/SS/98
Firmantes | Lombardo |
Jefe de Gobierno | Fernando De La Rúa |
Emisor | (Ex) Secretaría de Salud |
Fecha de la disposición | 29 de Julio de 1998 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE SALUD
RESOLUCIÓN N° 1133/ GCABA/ SS/ 98
CONVOCA DE OFICIO A ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE ASOCIADOS DE LA ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DALMACIO VÉLEZ SARSFIELD”
Buenos Aires, 29/07/1998
Visto el Expediente N° 51.877/97, y;
CONSIDERANDO:
Que los actuados se relacionan con la denuncia formulada por el señor Pablo Caramuta respecto a irregularidades en el desarrollo de actividades de la Asociación Cooperadora del Hospital General de Agudos "Dalmacio Vélez Sársfield” vinculado con su administración y disposición de fondos;
Que por la antedicha denuncia se manifiesta el incumplimiento de los Artículos 22/27 del Estatuto de la Asociación Cooperadora del Hospital Vélez Sársfield, en relación con la intervención de autoridades de dicha Entidad;
Que por Resolución N° 334-IGJ-91, la Inspección General de Justicia autoriza a funcionar con carácter de persona jurídica a la Asociación Cooperadora antes mencionada;
Que la Dirección General de Planeamiento y Evaluación del Desempeño de esta Secretaría destaca las consideraciones efectuadas por el personal técnico de la misma en Informe Nros. 96-DGPyED-96 y 81-DGPyED-97;
Que el Subdirector Administrativo informa que esa Subdirección no ha brindado asesoramiento, como así tampoco gestionado la adquisición de equipos y/o insumos conforme lo establecido en el Art. 17 de la Ordenanza N° 35.514 (B.M. N° 16.208);
Que el accionar de dicha Entidad se encuentra reglado en la Ordenanza N° 35.514 y Resolución N° 260-SS-92 (AD. 162 1/10 y 162/28, respectivamente);
Que en la Resolución N° 260-SS-92 se encuentran establecidos los procedimientos a los cuales debe sujetarse la Asociación Cooperadora en su interrelación con el Centro Asistencial beneficiado;
Que conforme a las facultades de fiscalización conferida por los Art. 15 in fine y 22 de la Ordenanza N° 35.514, determinan que corresponde al Ejecutivo o los Organismos dependientes de cada Secretaría: "d) Convocar... de oficio las asambleas cuando constatare irregularidades graves o estimare imprescindible en resguardo del interés público",
Que atento a los Informes obrantes a fs. 74, 98 vta. 199 y 105/106, en el accionar de la Asociación Cooperadora del Hospital Vélez Sársfield, se cometieron graves irregularidades que dan lugar a la aplicación de la normativa precitada;
Que llamada a intervenir la Procuración General de la Ciudad de...
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