Resolución N° 336/GCABA/SS/98

FirmantesLombardo
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
Emisor(Ex) Secretaría de Salud
Fecha de la disposición 8 de Abril de 1998

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE SALUD

RESOLUCIÓN N° 336/ GCABA/ SS/ 98

CREA LA COMISIÓN ASESORA DE ALERGOLOGÍA DE LA SECRETARÍA DE SALUD

Buenos Aires, 08/04/1998

Visto la importancia que presentan actualmente las afecciones alórgicas en la salud de la población, y

CONSIDERANDO:

Que las actividades de prevención y atención de las afecciones alárgicas requiere el concurso y la coordinación de los especialistas de los establecimientos de la Ciudad de Buenos Aires para procurar el mejor resultado de las mismas;

Que la atención paciente alérgico en general y el requerimiento terapéutico en particular conlleva a un problema de altos costos y consecuente necesidad de normatización;

Que asimismo, es conveniente establecer un asesoramiento Idóneo de la Secretaría de Salud en los temas de prevención, protocolización y accesibilidad ;

Que es conveniente por lo expuesto la creación de una Comisión Asesora y de Red de Alergología integrada por los especialistas de los establecimientos de la Ciudad ;

Que asimismo, requiere consideración específica la organización de los servicios con enfoque de red; en el marco que establece la Resolución N° 361-SS-96;

Por ello,

EL SECRETARIO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1°

Créase la Comisión Asesora de Alergología de la Secretaría de Salud de la Ciudad de Buenos Aires, que dependerá funcionalmente de la Dirección General de Atención de la Salud.

Art. 2°

La Comisión Asesora estará integrada por los siguientes profesionales:

Coordinador: Dr. Samuel Azar (Argerich)

Miembros:

Dr. Dario Colombaro (Argerich)

Dr. Marcelo Kohan (Gutiérrez)

Dr. Alberto Tolcachier (Durand)

Dr. Tomás Herrero (Fernández)

Dr. Pedro Trajtemberg (Zubizarreta)

Dra. Liliana Castro Zorrilla (Muñiz)

Dra. Rosa Ricciardulli (Tornú)

Dra. Amalia Pasos (Santojanni)

Art. 3°

Serán funciones de la Comisión Asesora :

a) La elaboración y actualización permanente de los criterios y normas de atención de la especialidad, a fin de procurar su generalización en todos los establecimientos de la Ciudad de Buenos Aires.

b) El asesoramiento a la Secretaría de Salud ante su requerimiento, sobre temas de Incumbencia de la especialidad.

Art. 4°

Las Comisiones podrán conformar subgrupos de trabajo e invitar a personalidades vinculadas con la materia de su incumbencia, para el cumplimiento de sus funciones.

Art. 5°

Créase la...

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