Resolución N° 9366/GCABA/SHYF/97

FirmantesRodríguez Giavarini
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
Emisor(Ex) Secretaría de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición22 de Agosto de 1997

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS

RESOLUCIÓN N° 9366/ GCABA/ SHYF/ 97

APRUEBA ACTA ACUERDO CELEBRADA POR LA COMISIÓN VERIFICADORA DE CRÉDITOS DE LA EXMUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, CON JORGE LAZARO SANTIAGO BERGER

Buenos Aires, 22/08/1997

Visto el Registro N° 1.005-CVDExMCBA-97 y los términos del Decreto N° 225-GCBA-96; y

CONSIDERANDO:

Que por el Registro mencionado trarnita la presentación que el seMor Jorge Lázaro Santiago Berger, hiciera ante la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, en su carácter de propietario del inmueble sito en la callo Olaya 1565 de esta ciudad, locado con destino al área de Educación;

Que el Decreto N° 225-GCBA-96, por el cual se creó la Comisión citada prevé el procedimiento a seguir con respecto a las deudas contraídas por la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;

Que efectuada la revisión del crédito reclamado y analizada la disposición financiera del Gobierno de la Ciudad, con fecha 05 de junio de 1997 el locador en cuestión se notificó de las alternativas de opción que permitirían la cancelación de la totalidad de la deuda veriticacia que asciende a pesos siete mil ochocientos ($ 7.1300,00);

Que en la misma fecha el señor Jorge Lázaro Santiago Berger acepta la opción consistente en el pago sin quita del monto de la deuda verificada, en consecuencia, se les reconoce en los términos del Art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96 la suma de pesos siete mil ochocientos ($ 7.800,00), la cual será abonada en veinticuatro (24) cuotas, mensuales y consecutivas, a partir del 01 de enero de 1998, incluyendo los intereses devengados desde el vencimiento contractual de cada obligación y hasta el 01 de diciembre de 1998, a una tasa fija del doce por ciento (12%) efectivo anual conforme al sistema francés de amortización;

Que cada cuota se Instrumentará con pagarés Decreto 225-GCBA-96, con cláusula "sin protesto", emitidos en pesos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a favor del acreedor y, en la primera de ellas se descontará la retención del Impuesto a las Ganancias e ingresos Brutos que pudieran corresponder;

Que a los 08 días del mes de agosto de 1997 y en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96, se procedió a labrar el acta correspondiente;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires se ha pronunciado al respecto, en cumplimiento...

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