Resolución N° 10110/GCABA/SHYF/97
Firmantes | Rodríguez Giavarini |
Jefe de Gobierno | Fernando De La Rúa |
Emisor | (Ex) Secretaría de Hacienda y Finanzas |
Fecha de la disposición | 2 de Septiembre de 1997 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS
RESOLUCIÓN N° 10110/ GCABA/ SHYF/ 97
APRUEBA ACTA ACUERDO CELEBRADA POR LA COMISIÓN VERIFICADORA DE CRÉDITOS DE LA EXMUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, CON LA EMPRESA E Y B NATACIÓN S.R.L.
Buenos Aires, 02/09/1997
Visto el Registro N° 138-CVDExMCBA-96 y los términos del Decreto N° 225-GCBA-96; y
CONSIDERANDO:
Que por el Registro mencionado tramita la presentación que la empresa E Y B Natación S.R.L.., hiciera ante la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires en su carácter de titular de la concesión del natatorio sito en la calle Teodoro García 3550 de esta ciudad, locado con destino al área de Educación;
Que el Decreto N° 225-GCBA-96, por el cual se creó la Comisión citada prevé el procedimiento a seguir con respecto a las deudas contraídas por la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;
Que efectuada la revisión del crédito reclamado y analizada la disposición financiera del Gobierno de la Ciudad, con fecha 21 de mayo de 1997 la locadora en cuestión se notificó de las alternativas de opción que permitirían la cancelación de la totalidad de la deuda verificada que asciende a la suma de pesos dieciocho mil ochocientos diez ($ 18. 810,00);
Que con fecha 04 de junio de 1997 la empresa E Y B Natación S.R.L., acepta la opción consistente en el pago sin quita de la deuda verificada hasta el 06/08/96, que asciende a la suma de pesos quince mil cuarenta y ocho ($ 15.048,00), en consecuencia, este es el importe que se le reconoce en los términos del Art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96, a abonarse en cuarenta y ocho (48) cuotas mensuales y consecutivas con vencimiento a partir del 01 de junio de 1998 incluyendo intereses devengados del 6,7 por ciento (6,7%) efectivo anual desde el 06/08/98 y hasta la fecha de su efectivo pago;
Que, con respecto a la deuda verificada con posterioridad
al 06/08/96, de pesos tres mil setecientos sesenta y dos ($
3.762,00), la locadora en cuestión acepta la opción consistente
en una deducción del treinta por ciento (30%) sobre la misma,
en consecuencia, se le reconoce en los términos del inc. a) del
Art, 14 del Decreto N° 225-GCBA-96, la suma de pesos dos mil
seiscientos treinta y tres con cuarenta ctvs. ($ 2.633,40), a
abonarse en dos (2) cuotas, sin interés, con vencimiento a los
treinta (30) y sesenta (60) días posteriores a la firma del acta
pertinen...
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