Resolución N° 11081/GCABA/SHYF/97

FirmantesRodríguez Giavarini
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
Emisor(Ex) Secretaría de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición18 de Septiembre de 1997

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS

RESOLUCIÓN N° 11081/ GCABA/ SHYF/ 97

APRUEBA ACTA ACUERDO CELEBRADA POR LA COMISIÓN VERIFICADORA DE CRÉDITOS DE LA EXMUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, CON LA EMPRESA DROGUERÍA APHOTEK DE DROGUERÍA LABAN S.R.L.

Buenos Aires, 18/09/1997

Visto el Registro N° 044-CVDExMCBA-97 y los términos del Decreto N° 225-GCBA-96; y

CONSIDERANDO:

Que por el Registro mencionado tramita la presentación que la empresa Droguería Aphotek de Droguería Laban S.R.L., hiciera ante la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el Decreto N° 225-GCBA-96, por el cual se creó la Comisión citada prevé el procedimiento a seguir con respecto a las deudas contrafdas por la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;

Que efectuada la revisión del crédito reclamado y analizada la disposición financiera del Gobierno de la Ciudad, con fecha 06 de junio de 1997 la empresa en cuestión se notificó de las .alternativas de opción que permitirían la cancelación de la totalidad de la deuda verificada que asciende a la suma de pesos treinta y tres mil novecientos treinta y seis con sesenta ctvs. ($ 33.936,60);

Que con fecha 20 de junio de 1997 la empresa Droguería Aphotek de Droguería Laban S.R.L., acepta la opción consistente en el pago sin quita del monto de la deuda verificada hasta el 06/08/96, en consecuencia, se le reconoce en los términos del Art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96 la suma de pesos treinta y tres mil novecientos treinta y seis con sesenta ctvs. ($ 33.936,60) la cual será abonada en cuarenta y ocho (48) cuotas mensuales y consecutivas a partir del 1° de junio de 1998, devengando Intereses a una tasa del 6,7 por ciento (6,7%) efectivo anual desde el 06 de agosto de 1996 y hasta la fecha de su efectivo pago;

Que cada cuota se instrumentará con un pagaré Decreto 225-GCBA-96, con cláusula "sin protesto", emitido en pesos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a favor del acreedor, descontando de la primera de ellas la retención del impuesto a las Ganancias e Ingresos Brutos que pudieren corresponder;

Que a los 05 días del mes de septiembre de 1997 y en cumplimlento de lo dispuesto en el Art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96, se procedió a labrar el acta correspondiente.

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires se ha pronunciado al respecto, en cumplimiento de lo estipulado en el Art...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR