Resolución N° 8647/GCABA/SHYF/97

FirmantesRodríguez Giavarini
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
Emisor(Ex) Secretaría de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición 7 de Agosto de 1997

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS

RESOLUCIÓN N° 8647/ GCABA/ SHYF/ 97

APRUEBA ACTA ACUERDO CELEBRADA POR LA COMISIÓN VERIFICADORA DE CRÉDITOS DE LA EX MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y ANA MARÍA GRASSI, CARMEN I. A. DE GRASSI, DORA E. A. DE GRASSI, MABEL N. GRASSI DE DÍAZ, DOMINGO V. GRASSI, GERARDO J. GRASSI Y GERARDO L GRASSI

Buenos Aires, 07/08/1997

Visto el Registro N° 283-CVDExMCM-97 y los términos del Decreto N° 225-GCBA-96; y

CONSIDERANDO:

Que por el Registro mencionado tramita la presentación que los señores Ana María Grassi, Carmen I. A. de Grassi, Dora E. A. de Grassi, Mabel N. Grassi de Díaz, Domingo V. Grassi, Gerardo J. Grassi y Gerardo L. Grassi, hicieran ante la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires en su carácter de propietarios deí inmueble sito en la calle Helguera 3228 de esta ciudad, locado con destino al área Educación;

Que el Decreto N° 225-GCBA-96, por el cual se creó la Comisión citada prevé el procedimiento a seguir con respecto a las deudas contraídas por la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;

Que efectuada la revisión del crédito reclamado y analizada la disposición financiera del Gobierno de la Ciudad, con fecha 29 de mayo de 1997 los locadores en cuestión se notificaron de las alternativas de opción que permitirían la cancelación de la totalidad de la deuda verificada que asciende a pesos diez mil quinientos ($ 10.500,00):

Que con fecha 30 de mayo de 1997, los señores Ana María Grassi, Carmen I. A. de Grassi, Dora E. A. de Grassi, Mabel N. Grassi de Díaz, Domingo V. Grassi, Gerardo J. Grassi y Gerardo L. Grassi aceptan la opción consistente en una deducción del treinta por ciento (30%) de la suma verificada, en consecuencia, se les reconoce en los términos del Art. 7° del Decreto N° 225-GCSA-96 la suma de pesos siete mil trescientos cincuenta ($ 7.350,00), a abonarse en dos cuotas iguales y consecutivas, sin interés, con vencimiento a los treinta (30) y sesenta (60) días posteriores a la firma del Acta Acuerdo pertinente;

Que cada cuota se instrumentará con pagarés decreto N° 225-GCBA-96 con cláusula "sin protesto" emitidos en pesos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a favor de los locadores descontando de la primera de ellas la retención del Impuesto a las Ganancias e ingresos Brutos que pudieren corresponder;

Que a los 31 días del mes de julio de 1997 y en...

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