Resolución N° 4/LCABA/98

FirmantesFigueredo-Argüello-Diez-Marino-Naddeo-Fatala
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
EmisorJunta de Ética, Acuerdos y Organismos de Control
Fecha de la disposición16 de Marzo de 1998

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

JUNTA DE ÉTICA, ACUERDOS Y ORGANISMOS DE CONTROL

RESOLUCIÓN N° 4/ LCABA/ 98

DESIGNACIÓN DEL DEFENSOR/A DEL PUEBLO Y SUS ADJUNTOS/AS

Buenos Aires, 16/03/1998

Visto el procedimiento para la designación del Defensor del Pueblo y sus Adjuntos, y

CONSIDERANDO:

Que ha sido cumplido el plazo previsto en la Resolución N° 3 por el cual se creaba el Registro de Postulantes a Defensor del Pueblo y sus Adjuntos;

Que al mismo tiempo el período para la presentación de los candidatos y candidatas a Defensor del Pueblo por parte de los Diputados y Diputadas también ha sido cumplido;

Que ambos mecanismos han fortalecido la participación ciudadana, permitiendo que valorables hombres y mujeres de probada idoneidad y preparación técnica de nuestra ciudad hayan sido postulados para enriquecer a los planteles de la Administración Pública;

Que en esta etapa de selección del Defensor del Pueblo y sus Adjuntos es necesario que los candidatos y candidatas propuestos puedan ser objeto de impugnaciones a sus candidaturas y para tal fin se debe ordenar la apertura del Registro de Impugnantes previsto en el artículo 4° de la Ley N° 3 y en la Resolución N° 1 de la Junta de Ética, Acuerdos y Organismos de Control;

Que es obligación de esta Junta de Ética, Acuerdos y Organismos de Control mandar a publicar la lista de candidatos y candidatas así como la de postulantes a los cargos de Defensor del Pueblo y sus Adjuntos;

Que la competencia de esta Junta de Ética, Acuerdos y Organismos de Control de emitir resoluciones está dada por los artículos 174 y 175 del Reglamento Interno de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires;

Por ello,

LA JUNTA DE ÉTICA, ACUERDOS Y

ORGANISMOS DE CONTROL

RESUELVE:

Artículo 1°

Dispóngase la apertura del registro de impugnantes desde el día 19 al 23 de marzo inclusive, el mismo será llevado por la Dirección de Gestión y Participación de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, la cual funcionará en el horario de 11 a 18.

Art. 2°

Los candidatos y candidatas a los cargos de Defensoría del Pueblo y Adjuntos/as tendrán acceso a las impugnaciones que se les hayan realizado los días 25, 26 y 27 de marzo inclusive, las mismas estarán a su disposición en la Junta de Ética, Acuerdos y Organismos de Control.

Art. 3°

Ordénese la publicidad referente a la Audiencia Pública prevista en el artículo 4° de la Ley N° 3 tercer...

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