Resolución N° 324/GCABA/SS/97
Firmantes | Lombardo |
Jefe de Gobierno | Fernando De La Rúa |
Emisor | (Ex) Secretaría de Salud |
Fecha de la disposición | 7 de Abril de 1997 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE SALUD
RESOLUCIÓN N° 324/ GCABA/ SS/ 97
CREA LOS SISTEMAS URBANOS DE SALUD (S.U.S.), COMO ÁREAS SUBJURISDICCIONALES DE COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES DE ATENCIÓN DE SALUD
Buenos Aires, 07/04/1997
Visto las competencias correspondientes a la Secretaría de Salud en materia de conducción y desarrollo de los servicios de salud de la Ciudad de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
Que el modelo jurisdiccional de salud propuesto por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires contempla la división del espacio geográfico-poblacional y de servicios en regiones sanitarias o sistemas urbanos de salud; entendiendo como tales a las áreas urbanas subjurisdiccionales que adquieren determinadas capacidades de resolución y de gestión local en el desarrollo de acciones de salud;
Que la institucionalización y desarrollo de dichas regiones o sistemas urbanos de salud constituyen, junto con la configuración de niveles de atención y la constitución de redes de servicios, los ejes rectores de reorganización sistemática de los servicios de salud de la ciudad;
Que estas proposiciones son coherentes con lo que la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires determina en su Título Sexto, artículos 127, 128 y subsiguientes, en cuanto a la futura organización de Comunas como unidades de gestión política y administrativa con competencia territorial, que ejercerán funciones de planificación, ejecución y control, en forma exclusiva o concurrente con el Gobierno de la Ciudad;
Que asimismo la Constitución prevé en su Capítulo Segundo, artículo 21, punto 2 que entre los contenidos de la futura Ley Básica de Salud se establecerá que "el área estatal se organiza y desarrolla conforme a la estrategia de atención primaria, con la constitución de redes y niveles de atención, jerarquizando el primernivel";
Que es conveniente por lo tanto la adecuación progresiva de la organización del sistema de salud en el sentido mencionado dentro de las competencias hoy existentes;
Que las características geográficas y culturales de la jurisdicción, tales como la concentración de todos los recursos de salud en una superficie reducida, la abundancia de medios de transporte, y los hábitos de desplazamiento de la población en busca del "mejor servicio", dificultan el enfoque de regionalización practicado en territorios extensos con poblaciones rurales y localidades...
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