Resolución N° 13/GCABA/SG/97

FirmantesGauna
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
Emisor(Ex) Secretaría de Gobierno
Fecha de la disposición27 de Enero de 1997

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE GOBIERNO

RESOLUCIÓN N° 13/ GCABA/ SG/ 97

DISPONE CESANTIA DE TERESA LÍA MADOTTA, ABOGADA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS

Buenos Aires, 27/01/1997

Visto el Expediente N° 57.961-96, por el cual se instruyó el Sumario N° 599-96, a fin de investigar y deslindar responsabilidades con motivo de la denuncia promovida por la particular, Liliana Jorgelina Masetti, por ante la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, involucrando a la agente Teresa Lía Madotta (F.M. N° 300.164), abogada de dicha repartición y,

CONSIDERANDO:

Que con motivo del hecho de referencia, la Dirección de Sumarios de la Procuración General ha llevado a cabo la correspondiente investigación sumarial, cuyas conclusiones obran en el Dictamen N° 37.194 (folios 73-76);

Que abierto el sumario, se citó a declarar a la denunciante, quien en el folio 46-46 vuelta, ratifica y amplía su presentación escrita del 24-7-96 (folio 3). A través de tales dichos, manifiesta que en una partida de matrimonio que se le dio en el Registro Civil, no figura la inscripción de su supuesto divorcio vincular del año 1995, pese a que tal divorcio le fue patrocinado por la doctora Teresa Lía Madotta, a quien conoció en la Sección 61, en oportunidad de concurrir allí a averiguar la tramitación para contratar nuevas nupcias. En los folios 4-5 se agrega copia de la partida de marras -donde la única constancia marginal es la de un divorcio del año 1958-, y en el folio 6 se glosa una "comunicación de divorcio vincular”, referente a la misma causante, supuestamente firmada por el Jefe de Sección, Osvaldo Francisco Martino. En el folio 46 manifiesta que en dicha Sección 6°, fue atendida además de la doctora Madotta, por una Jefa, Cortese, que luego se retiró. Precisa que la agente Madotta le pidió 400 pesos como honorarios, a pagar cuando concluyere su gestión profesional. Exporie la denunciante haberle encomendado la tarea, no volviendo a ver la mencionada letrada, hasta que ésta le comunicó que el divorcio vincular estaba concluido, por lo que la recurrente se constituyó en la misma Sección 6°, donde Madotta le entregó la mentada constancia obrante en el folio 6, así como un recibo por 400 pesos, en concepto de honorarios, cuya copia se glosa en el folio 7. Aclara que como no la convencía esa supuesta constancia concurrió al Registro Civil de la calle Jean Jaurés, donde le confirmaron que no existió divorcio vincular alguno;

Que en el folio 12 figura una nota del Jefe de Sección Circunscripción 9°, Osvaldo Francisco Martino, quien desconoce total y absolutamente el formulario agregado en el folio 6, negando terminantemente la firma que allí aparece como suya. Aclara que a la fecha de esa supuesta constancia, él se desempeñaba en el Departamento Central de Defunciones. En su declaración testimonial (folio 20) señaló...

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