Resolución Nº 2158/2011

Fecha de disposición02 Septiembre 2011
Fecha de publicación15 Septiembre 2011
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32235

Bs. As., 2/9/2011

VISTO la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001), la Ley Nº 26.522 (Título VII y art. 121) y el Convenio celebrado entre el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN.

CONSIDERANDO:

Que dentro de las funciones del CONSEJO ASESOR DEL SISTEMA ARGENTINO DE TELEVISION DIGITAL TERRESTRE, en adelante CONSEJO ASESOR, y en virtud de lo regulado en el PLAN OPERATIVO DE PROMOCION Y FOMENTO DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES DIGITALES DEL SATVD-T, aprobado por el Señor Presidente del CONSEJO ASESOR mediante Acta Aprobatoria Nº 7 de fecha 28 junio de 2010, se encuentra la de promover y fomentar la producción de contenidos audiovisuales que afiancen la comunicación en la REPUBLICA ARGENTINA con un sentido federal, brindando a los televidentes de todas las provincias del País un contenido de excelencia.

Que la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN, en adelante UNSAM, y el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, con fecha 30 de junio de 2010, suscribieron un CONVENIO DE COOPERACION PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE PROMOCION DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES DIGITALES, con el objeto que la UNSAM brinde cooperación al CONSEJO ASESOR en la implementación del precitado Plan Operativo en: a) el desarrollo de proyectos vinculados con el fomento, promoción y producción de contenidos audiovisuales digitales de carácter informativo, social, cultural, didáctico, entre otros, con la participación de entes estatales nacionales, provinciales, municipales o entidades u organismos públicos que compartan tal interés; b) el diseño de los proyectos y ejecución de acciones asociadas a la producción de contenidos audiovisuales digitales; todo ello en el marco del SATVD-T.

Que ante ello, la UNSAM consideró adecuado articular con el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, en adelante INCAA, a los fines de que dicho Instituto organice el llamado a concurso de alcance nacional.

Que resultó de este acuerdo la puesta en marcha de la primera experiencia piloto del PLAN OPERATIVO DE PROMOCION Y FOMENTO DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES DIGITALES.

Que la ejecución del mismo ha logrado resultados sobresalientes, permitiendo el cumplimiento de los objetivos definidos para cada etapa.

Que en función de este proceso, el CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T resuelve el desarrollo de una nueva edición del PLAN OPERATIVO DE PROMOCION Y FOMENTO DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES DIGITALES.

Que ante ello, la UNSAM firmó un nuevo Convenio con el INCAA, con fecha 30 de junio de 2011, a los fines que el Instituto organice el llamado a concursos de alcance nacional.

Que la gestión y coordinación de los llamados a concurso que resulten, será responsabilidad del INCAA.

Que por lo expuesto el INCAA llama a Concurso para la producción de SEIS (6) SERIES DE ANIMACIONES PARA PRODUCTORAS CON ANTECEDENTES, de hasta CUATRO (4) capítulos cada serie, de ONCE (11) minutos cada capítulo, a realizarse con un presupuesto total de PESOS TRESCIENTOS VEINTE MIL ($ 320.000.-) a razón de PESOS OCHENTA MIL ($ 80.000.- ) por cada uno de los 4 (CUATRO) capítulos de LA SERIE, en un plazo máximo de DOSCIENTOS CUARENTA (240) días corridos con la finalidad que estas realizaciones aporten al acervo de identidad nacional, provincial y regional, y que integren el Banco Audiovisual de Contenidos Universales Argentino, en adelante BACUA administrado y coordinado por el CONSEJO ASESOR del SATVD-T.

Que los titulares de los proyectos ganadores cederán los derechos de los mismos al ESTADO NACIONAL, quien gozará de los derechos patrimoniales o de explotación que de los mismos se deriven.

Que los presentantes de los proyectos que resulten ganadores del Concurso firmarán un Instrumento de Premio con la UNSAM obligándose a cumplir con todos los requerimientos que se detallan en la presente Resolución.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos, la Gerencia de Acción Federal y la Unidad de Fomento a la Televisión, Internet y Videojuegos ha tomado la intervención que le compete.

Que en consecuencia corresponde dictar la Resolución fijando las bases para la participación en el citado concurso.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTICULO 1º

— Llámese a Concurso para la producción de SEIS (6) SERIES DE ANIMACIONES PARA PRODUCTORAS CON ANTECEDENTES para Televisión Digital de hasta CUATRO (4) capítulos cada serie, de ONCE (11) minutos cada capítulo, a realizarse con un presupuesto total PESOS TRESCIENTOS VEINTE MIL ($ 320.000.-) a razón de OCHENTA MIL PESOS ($ 80.000.-) por cada uno de los CUATRO (4) capítulos de LA SERIE, en un plazo máximo de DOSCIENTOS CUARENTA (240) días corridos con la finalidad que estas realizaciones aporten al acervo de la identidad nacional, provincial y regional, y que integren el Banco Audiovisual de Contenidos Universales Argentino (BACUA).

ARTICULO 2º

— Apruébense las BASES DEL CONCURSO DE SERIES DE ANIMACIONES NACIONALES PARA PRODUCTORAS CON ANTECEDENTES TELEVISION DIGITAL, que como Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII forman parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 3º

— La participación en el presente concurso implica el conocimiento y aceptación de todo lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones del mismo.

ARTICULO 4º

— Cualquier hecho no previsto en el mismo será resuelto por el INCAA conjuntamente con el CONSEJO ASESOR del SATVD-T.

ARTICULO 5º

— Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — LILIANA MAZURE, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

ANEXO I:

RESOLUCION Nº: 2158

PLAN OPERATIVO DE PROMOCION Y FOMENTO DE CONTENIDOS

AUDIOVISUALES DIGITALES —SEGUNDA EDICION— 2011

BASES Y CONDICIONES PARA EL CONCURSO SERIES ANIMACIONES

PARA PRODUCTORAS CON ANTECEDENTES

CAPITULO I - DEL OBJETO Artículos 1 a 3
Artículo 1º EL CONCURSO SERIES DE ANIMACIONES PARA PRODUCTORAS CON ANTECEDENTES tiene como objetivo fomentar la producción de contenidos para la televisión digital a fin de promover la diversidad cultural y contribuir a la formación de un acervo de contenidos audiovisuales para televisión digital y que integren el Banco Audiovisual de Contenidos Universales Argentino (BACUA).
Artículo 2º

El INCAA en el marco del convenio suscripto con la UNSAM llama a CONCURSO DE SERIES ANIMACIONES a directores y/o productores con antecedentes de haber realizado por lo menos una producción audiovisual de animación, cuya duración sea no menor a ONCE (11) minutos y haberlo estrenado y exhibido comercialmente en salas cinematográficas y/o emitidos en canales de televisión abierta o cable, a presentar un proyecto inédito de SERIE DE ANIMACIONES para la televisión digital de CUATRO (4) capítulos de ONCE (11) minutos de duración de artística cada uno (más títulos y rodantes) a realizarse con un presupuesto total de PESOS TRESCIENTOS VEINTE MIL ($ 320.000) a razón de PESOS OCHENTA MIL ($ 80.000,00.-), por cada uno de los CUATRO (4) capítulos de la Serie, en un plazo máximo de DOSCIENTOS CUARENTA (240) días corridos.

Artículo 3º El soporte de registro deberá ser digital en una resolución no inferior a HDV, 25 cuadros progresivo (25 p), 16:9 de relación de aspecto, y su finalización en HD calidad Broadcasting Internacional.
CAPITULO II - DE LA CONVOCATORIA Artículos 4 a 7
Artículo 4º Fíjase un período para la convocatoria de los proyectos, desde los días 2 de septiembre al 28 de octubre de 2011 como fechas de apertura y cierre de las presentaciones del llamado a Concurso

Los proyectos deberán presentarse ante el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales - INCAA. En los casos de remisiones por vía postal se tomará la fecha de imposición de la Oficina de Correos que se trate. Los Proyectos deberán presentarse de conformidad a lo establecido en el Anexo II de las presentes Bases.

Artículo 5º No se aceptarán inscripciones presentadas o enviadas por correo fuera del plazo establecido.
Artículo 6º No podrán intervenir en el presente Concurso, proyectos que hayan resultado seleccionados para su realización en cualquier otro Concurso Nacional o Internacional, hayan o no iniciado rodaje.
Artículo 7º Los interesados podrán presentar UN (1) solo proyecto

Los proyectos presentados en este concurso no podrán participar en ningún otro llamado que convoque el INCAA, la UNSAM o el CONSEJO ASESOR del SATVD-T hasta que no se encuentre publicada en el Boletín Oficial la nómina de ganadores. En caso de incumplimiento el proyecto se tendrá por no presentado en ninguno de los concursos y si hubiese sido seleccionado como ganador se tendrá por decaído el premio, debiendo el presentante restituir toda suma que hubiese percibido.

CAPITULO III - DE LOS PRESENTANTES Artículos 8 a 14
Artículo 8º Los presentantes pueden ser personas Físicas o personas Jurídicas

Los presentantes de los proyectos, a los fines administrativos y legales, serán considerados los Productores Responsables de los mismos independientemente si desempeñan otro rol en el proyecto y se los denominará directamente PRESENTANTES. Estos serán los responsables frente al CONSEJO ASESOR del SATVD-T, el INCAA y la UNSAM, y son quienes suscribirán los instrumentos respectivos en caso de resultar ganadores.

Artículo 9º Si el PRESENTANTE fuera una persona jurídica, deberá adjuntarse fotocopia debidamente certificada del Estatuto Social o Empresarial actualizado de donde surja el domicilio legal y la última distribución de cargos

Asimismo, deberá adjuntarse un poder debidamente certificado...

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