Resolución N° 317 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Noviembre de 2017
EmisorMinisterio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales
Fecha de la disposición19 de Octubre de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXIV - Nº 212
CORDOBA, (R.A.), MARTES 31 DE OCTUBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
MINISTERIO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y
OBRAS VIALES
Resolución N° 316
Córdoba, 19 de octubre de 2017
Expediente Nº 0644-006999/2017.-
VISTO: este expediente mediante el cual la Directora General de Admi-
nistración de este Ministerio propicia se disponga la incorporación en el
Plan de Obras Públicas - Año 2017, de las obras nominadas y detalladas
en autos.
Y CONSIDERANDO:
Que el señor Secretario de Arquitectura produce informe respecto a
las obras que se solicitan sean afectadas al Presupuesto del corriente año
y las describe como: “Ejecución de Instalación Termomecánica y Ascen-
sor en el Hospital San José de la Dormida – Localidad de San José de la
Dormida – Departamento Tulumba – Provincia de Córdoba”; “Instalación de
Gases de Uso Medicinal para Nuevo Hospital San José de la Dormida –
Localidad de San José de la Dormida - Departamento Tulumba – Provincia
de Córdoba” y “Construcción de Núcleo Sanitario y Vestuarios en el Estadio
Mario Alberto Kempes – Barrio Chateau Carreras – Localidad de Córdoba
– Departamento Capital”.
Que la Directora General de Administración de este Ministerio expresa
que dichas obras deberán ser individualizadas en el Plan de Obras del
Ejercicio Presupuestario Año 2017, en los Programas 506-004 “Arquitectura
– Construcciones para Servicios Sociales - Salud” y 506-011 “Arquitectura
– Edicios de la Administración Pública” y adjunta Planilla Anexa sobre el
monto de los trabajos.
Que obra Dictamen N° 457/2017 de la Dirección de Jurisdicción de
Asuntos Legales de este Ministerio en el que se expresa que, confor-
me lo dispuesto por el artículo 31 del Decreto Nº 150/2004, reglamentario
de la Ley Nº 9086, modicado por Decreto Nº 1966/2009 y Decreto Nº
2881/2011, es facultad de los titulares de cada uno de los Poderes y Ju-
risdicciones de la Administración Central autorizar las adecuaciones de
montos, fuentes de nanciamiento, plazos, alcances y toda otra que corres-
ponda en los proyectos de inversión incluidos en el Plan de Inversiones Pú-
blicas, a los nes de reejar las modicaciones que se dispongan durante
su ejecución, como es el caso de que se trata, por lo que puede dictarse el
acto administrativo conforme lo propiciado en autos.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio con el
Nº 457/2017 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE VIVIENDA ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- DISPÓNESE la incorporación en el PLAN DE OBRAS
PÚBLCAS – AÑO 2017 – Programa 506-004 “Arquitectura – Construccio-
nes para Servicios Sociales - Salud” y Programa 506-011 “Arquitectura –
Edicios de la Administración Pública” de las obras nominadas y detalla-
das en autos que como ANEXO I compuesto de una (1) foja, se acompaña
y forma parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, pase a la Dirección General de Administración a sus efectos y
archívese.
FDO: CR. JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS
VIALES
ANEXO https://goo.gl/TiWXh6
Resolución N° 317
Córdoba, 19 de octubre de 2017
Expediente Nº 0620-000078/2017 (Cuerpos I y II).-
VISTO: este expediente en el que obran las actuaciones relacionadas con
la contratación de la obra: “CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO NUEVO PARA
EL CENTRO EDUCATIVO MANUEL BELGRANO – B° GENERAL BEL-
GRANO – CÓRDOBA CAPITAL”.
Y CONSIDERANDO:
Que se ha agregado en autos la documentación técnica compuesta
por Informe Situación Actual, Relevamiento Planimétrico, Planos, Memo-
rias Descriptivas, Pliegos de Especicaciones técnicas Generales y Par-
ticulares, Cómputo, Plan de Avance, Curva de Inversión, Análisis de Pre-
cios, Factores de Costo de Presupuesto (Decreto N° 800/2016), Circular
Sin Consulta N° 1, Pliego de Bases y Condiciones, Pliego Particular de
Condiciones y sus Anexos elaborados por la Dirección General de Infraes-
tructura Escolar del Ministerio de Educación y la Dirección de Coordinación
de Asuntos Legales del mismo Ministerio y Presupuesto Ocial.
Que consta en estas actuaciones providencias del señor Director Ge-
neral de Infraestructura Escolar y del señor Director de Coordinación de
Asuntos Legales, ambos del Ministerio de Educación, con el visto bueno
del señor Secretario de Arquitectura, quien maniesta expresamente que
dicha documentación se encuentra en condiciones de ser aprobada, según
lo establecido por el artículo 2º del Decreto Nº 180/08.
Que la Jefatura de Área de Administración de la Secretaría de Arqui-
tectura destaca que el Pliego Particular de Condiciones, base de la contra-
tación gestionada en autos, es correcto, ajustándose a lo dispuesto por el
Anexo II al Decreto Nº 1505/2016 y por la Ley Nº 10.417, modicatoria de la
Ley de Obras Públicas. No obstante ello, realiza una serie de observacio-
nes al Pliego Particular de Condiciones, las que deberán ser cumplimenta-
das previo al referido llamado.
Que de los Pliegos de Bases y Condiciones y Especicaciones Técni-
cas surge que el procedimiento de contratación es la Licitación Pública y
que el sistema de contratación es por ajuste alzado, como también que el
Presupuesto Ocial asciende a la suma total de $ 39.805.414,80.
Que asimismo y conforme lo previsto en el artículo 3º del
Decreto Nº 180/08, el Ministerio de Educación deberá respetar las dispo-
siciones de la Ley de Obras Públicas Nº 8614 y sus Decretos Reglamen-
tarios, como toda otra normativa aplicable, en relación al procedimiento de
contratación.
Que obra Dictamen Nº 439/2017 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio en el que se expresa que, en virtud de las con-
sideraciones de hecho y derecho vertidas en autos, los informes técnicos
elaborados por las áreas competentes y las disposiciones de la Ley Nº
8614 y Decretos Reglamentarios Nº 4757/77 y Nº 4758/77, y Decreto Nº
1505/16, atento que la obra supera el índice trescientos (300), entiende
que resulta oportuno dictar el acto administrativo por el cual se apruebe la

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