Resolución N° 316-CDNNYA/18

EmisorConsejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Fecha de la disposición 6 de Abril de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.º 316/CDNNYA/18
Buenos Aires, 27 de marzo de 2018
VISTO:
La Ley nacional N° 13.064, la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 5.666), las
Resoluciones Nros. 139/CDNNyA/2013, 770/CDNNyA/2016, 824/CDNNyA/2016,
1.121/CDNNyA/2016 y 879/CDNNyA/2017, el Expediente Electrónico N°
08.774.863/MGEyA-DGLTACDN/2018, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley nacional Nº 13.064 regula el régimen general de las obras públicas,
aplicable al ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en función de lo normado
por la cláusula 3° de la Ley Nº 70 (texto consolidado por Ley Nº 5.666);
Que por Resolución Nº 139/CDNNyA/2013 se aprobó la Licitación Pública Nº
13/DGCyC/2012, la que tramitó mediante el expediente Nº 822.265/2012, en el marco
de la cual se adjudicó la ejecución de la obra “Acondicionamiento Integral del Edificio
de la calle Concepción Arenal N° 3.540“ a la firma Infraestructura Básica Aplicada SA
(IBASA), CUIT Nº 30-69.642.988-6, por la suma total de PESOS UN MILLÓN
OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS ($
1.846.446.-);
Que en fecha 21 de marzo del 2013 se suscribió el contrato correspondiente,
previéndose en el mismo el plazo de ejecución de los trabajos en ciento cincuenta
(150) días corridos, contados a partir de la Orden de Comienzo de las tareas;
Que del ACTA N° 06.891.109/DGMyT/2016 surge que el 05 de febrero de 2016 el
arquitecto Fernando Raúl Álvarez, en representación de IBASA, y los arquitectos
Pablo Fiorito y Patricio O´Rourke, en representación de la Dirección General de
Mantenimiento y Talleres (DGMyT), dependiente de la Subsecretaría de Uso del
Espacio Público (SSUEP), suscribieron el acta de inicio de la obra precedentemente
citada, por lo que el vencimiento del plazo de ejecución de los trabajos encomendados
a la empresa contratista operó el 03 de julio 2016;
Que sin perjuicio de ello, por la Resolución N° 770/CDNNyA/2016 se aprobó la
modificación de la obra “Acondicionamiento Integral del Edificio de la calle Concepción
Arenal N° 3.540“, al tiempo que se extendió por noventa (90) días del plazo previsto
para su finalización;
Que posteriormente, mediante Nota NO Nº 2016-20.533.104/DGMyT/2016, la
Dirección General de Mantenimiento y Talleres, dependiente de la SSUEP, informó
que mediante la Orden de Servicio Nº 25, obrante como Archivo de Trabajo Nº 1 de la
mencionada nota, se comunicó a IBASA la suspensión de la ejecución de las tareas
contratadas para la obra referida desde el 04 de julio de 2016 y hasta tanto este
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes aprobara las modificaciones
del proyecto original de la obra en cuestión;
Que en virtud de ello, por la Resolución N° 824/CDNNyA/2016 se convalidó la
suspensión de la ejecución de las tareas de la obra “Acondicionamiento Integral del
Edificio de la calle Concepción Arenal N° 3.540“, a partir del 04 de julio de 2016 y
hasta la fecha de la notificación de la Resolución Nº 770/CDNNyA/2016 a IBASA,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5348 - 06/04/2018

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