Resolución Nº 1854/2011

Fecha de disposición26 Agosto 2011
Fecha de publicación06 Septiembre 2011
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32228

Bs. As., 26/8/2011

VISTO el Expediente Nº 15.094 del Registro del Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), lo dispuesto en los Decretos PEN Nº 436/2000 y 1023/2001 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución I/760 del 11 de mayo de 2009, este Organismo resolvió aprobar y adjudicar a la firma INCOCIV S.R.L. los trabajos de mensura, registración de planos e inscripción de servidumbres en el Registro de la Propiedad Inmueble de la provincia del Chubut.

Que dicha Resolución fue notificada a INCOCIV SRL mediante NOTA ENRG/GA Nº 5542 de fecha 22 de mayo de 2009, en tanto que la contratación se materializó mediante la Orden de Compra GMAyAD Nº 2/09 de fecha 1º de junio de 2009.

Que con fecha 6 de julio de 2009, este Organismo emitió un recibo para INCOCIV SRL por la recepción del DIEZ POR CIENTO (10%) del monto del contrato correspondiente al adelanto de los trabajos.

Que el cronograma original presentado en la oferta por INCOCIV SRL se extendía por un lapso de ONCE (once) meses, a partir de la fecha de contratación, el cual fue ampliamente incumplido.

Que INCOCIV SRL fue efectuando distintas presentaciones de mensuras, en mínimas cantidades, bajo las Actuaciones Nº 29.974/09, 1539/10 y 1984/10.

Que con fecha 8 de febrero de 2010 mediante NOTA ENRG/GMAYAD Nº 1449 este Organismo desestimó las presentaciones de las mensuras ut supra referidas “por carecer de orden y documentación respaldatoria que permita su análisis, conforme los requerimientos establecidos en los términos de referencia.”

Que en respuesta a ello, la firma INCOCIV SRL, con fecha 24 de febrero de 2010, remitió un nuevo esquema de trabajo para los distintos Departamentos de la provincia del Chubut, excusándose con argumentaciones sin fundamento y solicitando una extensión del plazo de ejecución hasta el mes de julio de 2010.

Que mediante Nota ENRG/GMAyAD Nº 2432 del 5 de marzo de 2010, esta Autoridad Regulatoria desestimó cada uno de los argumentos expuestos por INCOCIV SRL y se le solicitó que incrementara sustancialmente el ritmo de tareas para dar conclusión a los trabajos en el mes de Julio de 2010, fecha límite para la entrega de la totalidad de los planos correctamente ejecutados con su documentación respaldatoria, que había sido propuesta por la contratista, todo ello sin perjuicio de las penalizaciones contractuales que fueran pertinentes en su oportunidad.

Que respecto del cronograma original el desvío era de DIEZ (10) meses.

Que con fecha 6 de abril de 2010, INCOCIV SRL efectuó una nueva presentación de TREINTA Y CINCO (35) mensuras, la cual con fecha 27 de abril del mismo año y por NOTA ENRG/GMAYAD Nº 4447 fue devuelta y rechazada por este Organismo con la totalidad de la documentación ingresada, por haberse detectado que ninguna de las mensuras contaba con la documentación respaldatoria completa, así como también por contar con errores groseros de longitud y por omitir instalaciones, entre otras faltas.

Que en la referida NOTA el ENARGAS incluyó un Anexo con todas las...

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