Resolución Nº 120/2011

Fecha de disposición01 Marzo 2011
Fecha de publicación31 Agosto 2011
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32224

Bs. As., 1/3/2011

VISTO el Expediente Nº 1.359.673/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 2 del Expediente citado en el Visto, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE GAS DEL ESTADO —SANTA FE—, el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL, DERIVADOS Y AFINES y la empresa LITORAL GAS SOCIEDAD ANONIMA, ratificado a foja 49 por la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 993/08 “E”, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el presente Acuerdo, las partes convienen el pago de una gratificación extraordinaria al personal comprendido en las categorías ING, A, B, C, D, y E no remunerativa y por única vez, en los términos del texto pactado.

Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de las entidades sindicales firmantes, emergente de sus personerías gremiales.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º

— Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE GAS DEL ESTADO —SANTA FE—, el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL, DERIVADOS Y AFINES y la empresa LITORAL GAS SOCIEDAD ANONIMA, que luce a foja 2 del Expediente Nº 1.359.673/09, ratificado por la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA a foja 49 del...

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