Resolucion N° 313

EmisorDccion Defensa del Consumidor
Fecha de la disposición 4 de Diciembre de 2015

RESOLUCION N° 313

Mendoza, 4 de diciembre de 2015

El Expediente Nº 1284-D-2015-00112, caratulado Acta C 1341 Jota Dos SRL" y;

CONSIDERANDO:

  1. Antecedentes de la causa

    A fs. 01 obra Acta de Infracción serie. "C" Nº 001341 con fecha 28/02/2015 labrada por los inspectores de la Dirección de Defensa del Consumidor contra la empresa Kevingston, razón social Jota Dos S.R.L., CUIT 30-71158061-8 con domicilio en Las Cañas Nº 1833, La Barraca Mall, local 38-39, Dorrego, Guaymallén, Mendoza. Por medio de la misma se establece que el local del domicilio de referencia no presenta Habilitación Municipal en virtud del art. 4 Decreto 3492/91 concordante con el art. 10 Ley 5547.

  2. Descargo

    Que a fs. 02/08 rola el descargo presentado por la firma infraccionada. En el mismo se establece que el Acta de infracción de referencia no se ajusta a los hechos ni a derecho debido a que se expresa que la firma no presenta Habilitación Municipal, lo cual, según los dichos de la sumariada, la Habilitación se encontraba exhibida al público, pero se encontraba vencida.

    Atribuye tal situación al hecho de que La Barraca Mall, lugar donde se explota el comercio de referencia, a la fecha no contaba con los planos aprobados por la Municipalidad de Guaymallén y es por ello que todos los locales tienen habilitaciones provisorias.

    Afirma además que en fecha 29 de agosto de 2014 se presentó nota (fs. 03) con carácter de urgente, a fin de que se extendiera la Habilitación definitiva y es allí dónde se expidió la provisoria que se encontraba vencida al momento de la inspección.

    Por último afirma que el día 04/03/2015 se realizó una nueva gestión a la Municipalidad y se emitió una nueva Habilitación provisoria, con validez por 30 días, la cual tiene vencimiento en fecha 03/04/2015 (fs. 04).

    Es necesario aclarar que la firma sumariada ha reconocido el incumplimiento a la normativa, ya que si la Habilitación se encontraba vencida, la infracción se encuentra configurada.

  3. Responsabilidad

    Falta Habilitación Municipal: Que la circunstancia de que los comercios cuenten con la habilitación municipal correspondiente permite a la población saber que, con carácter previo al inició de las actividades comerciales, el Municipio ha requerido y controlado diferente documentación.

    A modo ilustrativo he verificado a través de la página de Internet www.ciudaddemendoza.gov.ar qué tipo de documentación exige la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza.

    En lo que respecta a Sociedades Inscriptas, se requiere:

    -Copia certificada del Contrato Social y/o Estatuto. Ultima Acta de designación de Autoridades y copia autenticada de la misma. Designación de apoderado o representante legal con facultades suficientes. Copia de DNI del representante legal o apoderado.

    -Constancia de inscripción en AFIP e Ingresos Brutos.

    -Certificación expedida por Dirección de Personas Jurídicas de la Provincia de Mendoza del último domicilio social inscripto y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR