Resolución N 538/GCABA/SSPLAN/11
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Planeamiento |
Fecha de la disposición | 10 de Agosto de 2011 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO
RESOLUCIÓN N 538/GCABA/SSPLAN/11SE AUTORIZA EL REGISTRO DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA PARA LA FINCA SITA EN PASAJE UCACHA 1518
Buenos Aires, 10 de agosto de 2011
RESOLUCIÓN N.° 538/SSPLAN/11.
Buenos Aires, 10 de agosto de 2011
VISTO:
El Expediente N° 1222474/2009 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle Pasaje Ucacha N° 1518, y
CONSIDERANDO:
Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso destinadas a Vivienda Multifamiliar;
Que se trata de una modificación bajo parte cubierta (1° Piso: Dormitorio y Estar Comedor) y una ampliación conformada por un total de 49,91m2 de los cuales 15,43m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (PE: Baulera), en tanto que 34,48m2 en forma no reglamentaria (Azotea: Escalera), según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas (Fojas N° 11) y los planos presentados para regularizar la situación (fojas N° 1, 3 a 9 y 28 a 30), con destino Vivienda Multifamiliar;
Que obra a fojas 15 a 16 la Memoria e Informe Técnico con carácter de Declaración Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización;
Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a la ley 13.512, de propiedad horizontal, según consta a fojas 12;
Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. "Trabajos que requieren permiso de obra" y el Art. 4.6.4.2 "Iluminación y Ventilación de locales de Primera Clase", ambos del Código de la Edificación y el Art. 4.1.3.3 "Prohibiciones relativas a las áreas descubiertas" del Código de Planeamiento Urbano;
Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A. N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General n° 24.887;
Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs. 37 las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales, y según la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba