Resolucion n° 312

EmisorMunicipalidad de Capital
Fecha de la disposición22 de Septiembre de 2005

RESOLUCION Nº 312

Mendoza, 22 de setiembre de 2005

Visto: El Expediente Nº 21.812-C-2003, por el cual

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1º

Emplázase a los titulares de los Nichos del Sector Nivel "O" Párvulos, del Cementerio de la Capital, cuyos plazos de concesión se encuentran vencidos al día de la fecha y/o quienes posean derechos sobre los restos depositados en las mismas cuya nómina y ubicación se detallan a continuación, para que en el plazo de treinta (30) días hábiles regularicen su situación, bajo apercibimiento que en caso de incumplimiento se dispondrá de los mismos y procederá sin más trámite a la exhumación y cremación de los restos, destinándolos al Cinerario Común de donde no podrán ser recuperados, a saber:

Nichos del Sector "O" Párvulos

Nicho

Restos

63

Torres, Jorge Luis

79

Nievas, Juan José

135

Carrizo, María Belén

167

Guerra, María Silvia

168

González, Jesús

Francisco y

María de Lourdes

171

Donaire, David Ubaldo

169

Gatica, Valeria Natalia

170

De Vicenzo, María

Lourdes

176

Giaccagla, Carlos

Sebastián

177

Bonaccorse, Maximiliano

Guildo

178

Paramo, N.

179

Mercado, Elida Armando

Baigorria, Carlos

Exequiel

180

Carballo, Pablo

181

Aguirre, Luis Martín

182

Lucero, Pabla Natalia

184

López, Bruno Leonel

190

Patiño, Fernando

192

González, Gabriel

Ceferino

193

Monett, Martín Daniel

195

Silva, Jesús Mria

205

Roldán, Graciela Beatriz

209

Casco, Leonardo Fabián

213

Godoy, Mariano Rodrigo

218

Arroyo, Yohana Betsabé

219

Estévez, Luis

222

Rodríguez, Griselda Margarita

224

Assi, Alejandra Ivana

227

Riveros, Josué Sebastián

229

Benítez, Patricia Marina

231

Martínez, Emanuel Jesús

234

Guiñazú, Luis Osvaldo

Artículo 2º

Procédase por el Departamento Cementerio una vez vencido el plazo y términos que se disponen por el Artículo 1º, a desocupar los Nichos del Sector Nivel "O" Párvulos, a exhumar los restos depositados en las mismas, a su cremación y destínense las cenizas al Cinerario Común de donde no puedan recuperarse.

Artículo 3º

Por Despacho de Secretaría de Hacienda, procédase a la publicación que establece el Artículo 152º de la Ley Nº 3909.

Artículo 4º

Por Dirección de Rentas - Defunciones, tómese debida nota de lo dispuesto. Cumplido, remítase al Departamento Cementerio a los fines pertinentes.

Artículo 5º

Comuníquese y dése al Libro de Resoluciones.

Eduardo Cicchitti

Intendente

Liliana E. Vietti

Sec. de...

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