Resolución N° 311/SSMEP/18

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición16 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 311/SSMEP/18
Buenos Aires, 13 de agosto de 2018
VISTO:
la Ley Nº 4.977 y Texto consolidado por Ley Nº 5.666, el E.E. 2016-23527698-
MGEYA-DGCEM, y
CONSIDERANDO:
Que, en la presentación efectuada por el Escribano José Martín Ferrari, el mismo
solicita la inscripción de una cesión gratuita de derechos y acciones, mediante el
sistema de tracto abreviado, y en relación a la concesión del terreno formado por las
sepulturas 1 y 2 y demasía y subsuelo, del N° 192, Sección 17, del Cementerio de la
Recoleta;
Que, la presentación efectuada en el orden 3, será considerada como simple petición
en los términos del art. 14 de la Constitución Nacional;
Que, en el Orden N° 3 de la solapa de documentos del expediente electrónico
remitido, obra el RE-2016-23705523-DGCEM, mediante el cual se agrega
presentación ciudadana efectuada por el Escribano José Martín Ferrari, con fecha 20
de octubre de 2016, a fin de inscribir la cesión y transferencia de derechos gratuita, en
virtud de la escritura Nº 461 de fecha 13-10-2016, pasada al Folio 1049 del Registro
Notarial Nº 1755 Capital;
Que, en el orden N° 5, obra informe del cual surge que el terreno formado por las
Sepulturas 1, 2 y demasía del Tablón Nº 192 Sección 17 se encuentra inscripto a
perpetuidad en su origen con fecha 25-06-1868 a nombre de Bautista Gabaton y
actualmente figura inscripto a nombre de LUIS DIE DIAZ y CARMEN VARELA con el
50% c/u;
Que, en el Orden N° 9, obra el IF-2016-28119683-DGCEM, del cual surge que: “...Por
estos actuados se solicita la inscripción de cesión gratuita de derechos y acciones en
relación a la presente concesión, mediante el sistema de tracto abreviado, por
escritura Nº 461 de fecha 13-10-2016, pasada al Folio 1049 del Registro Notarial Nº
1755 Capital“. En el último punto del informe se establece: “Cabe señalar que de
accederse a lo solicitado, los cedentes transmitirían sólo el 50% de los derechos
relativos a la titularidad del sepulcro, tal como les fueron transmitidos por el co-titular
don LUIS DIE DIAZ, conservándose en cabeza de este último el 50% que adquirió en
la sucesión de la co-titular doña Carmen Varela“;
Que, en el Orden N° 26, obra la PV-2017-11258507-DGAINST, mediante la cual la
Procuración de la Ciudad de Buenos Aires, solicita que se agrega el instrumento en
cuestión presentado por el peticionante;
Que, en el orden 28, obra el IF-2017-11487684-DGCEM, en el cual se encuentra
agregada la Escritura N °461 de fecha 13-10-2016, pasada al Folio 1049, del Registro
Notarial Nº 1755 Capital;
Que, en el Orden N°38, obra el IF-2017-12728010-DGCEM, mediante el cual se
ratifica el punto 1 del Orden N°9 y se aclara que en el presente caso, no surge del
registro respectivo, la excepción de gratuidad, lo que indica la onerosidad de su
otorgamiento. Asimismo con respecto a la opinión requerida el área Registro de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5437 - 16/08/2018

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