Resolución N° 310/MEFGC/18

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas - Ministerio de Salud
Fecha de la disposición13 de Julio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 – AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD”
RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 310/MEFGC/18
Buenos Aires, 4 de julio de 2018
VISTO:
Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Decreto
reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el Expediente
Electrónico N° 14769028/MGEYA-DGAYDRH/17 y
CONSIDERANDO:
Que, por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el
acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los
requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de
selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los
"Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto";
Que, como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Parmenio
Piñero", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N°327/HGAPP/2017, designó
interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad
por concurso, a la señora Romina Giselle Burela, D.N.I. 31.656.087, CUIL. 27-
31656087-9, como Auxiliar de Hotelería, Hospitales y afines, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005;
Que, la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía
y Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta
para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N°
471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas
situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la
misma;
Que, por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho
acto administrativo.
Por ello, conforme lo determinado por Resolución Nº 5/MSGCyMMGC/2013 y los
términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,
LOS MINISTROS DE SALUD Y DE ECONOMIA Y FINANZAS
RESUELVEN
Artículo 1°.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N°
327/HGAPP/2017.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia
Operativa Asuntos Legales de Recursos Humanos, de la Dirección General de
Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos
Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. Bou Pérez -
Mura
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5413 - 13/07/2018

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