Resolución Nº 308/GCABA/SSMEP/16

FirmantesCapelli
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría Mantenimiento del Espacio Público
Fecha de la disposición21 de Octubre de 2016

VISTO:

La Ley N° 5.460 y su Decreto reglamentario N° 363/15, el EX-17.621.240-MGEYA-

UAC9/2016, y

CONSIDERANDO:

Que, en la petición efectuada por el señor Carlos Horacio Rodríguez, el mismo solicita

un resarcimiento económico por supuestos daños provocados por "un pozo", al

vehículo marca Peugeot, modelo Partner, dominio JPN411, en la Avenida Escalada a

la altura del 2450 de esta Ciudad, el 11/07/2016;

Que, se le ha dado intervención a la Procuración General de la Ciudad de Buenos

Aires, conforme a los términos del art. 10 inc. C de la Ley 1218;

Que, el señor Carlos Horacio Rodríguez, supuestamente, efectuó una presentación

solicitando un resarcimiento por los daños que habría sufrido el vehículo marca

Peugeot, modelo Partner, dominio JPN411, toda vez que, según la exposición del

escrito inicial del orden 2: "... un pozo situado al 2450 de la Av. Escalada mano que va

de la calle Crisostomo Álvarez para el pasaje Horacio Casco, el cual se ve que está

reparado pero hundido con bordes filosos, sin señalización de ningún tipo", el día

11/07/2016;

Que, sin embargo, se advierte que el escrito de inicio obrante en el orden 2 no ha sido

suscripto por el señor Rodríguez;

Que, la Dirección General Guardia de Auxilio y Emergencias informa en el orden 7:

"Se registraron denuncias al 103 por hundimiento en calzada el día 11 -Julio-2016. El

personal operativo de esta repartición constató que en el lugar denunciado había una

tapa de AYSA hundida...";

Que, la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires,

aprobada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/1997, ratificado por

Resolución de la Legislatura N° 41/1998 (texto consolidado por Ley N° 5.454, BOCBA

4.799), establece en su art. 36: "Recaudos. Todo escrito por el cual se promueva la

iniciación de una gestión deberá contener los siguientes recaudos: (...) e) Firma del

interesado o su representante legal o apoderado...";

Que, a su vez, el art. 35 del citado cuerpo legal determina: "... Formalidades de los

escritos. Los escritos serán redactados a máquina o manuscritos en tinta en forma

legible, en idioma nacional, salvándose toda testadura, enmiendas o palabras

interlineadas. Llevarán en la parte superior una suma o resumen del petitorio, serán

...

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