Resolución Nº 307/GCABA/SECISYU/17

FirmantesFernández
EmisorSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA

VISTO:

El Decreto 363/GCBA/15 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 473/MJGGC/16,

162/SECISYU/2016; 184/SECISYU/2016; 59/SECISYU/17; el expediente electrónico

N°2016-25822581-MGEYA-SSPYCG, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto N° 363/GCBA/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura

orgánica funcional del Poder Ejecutivo, contemplando a la Secretaría de Integración

Social y Urbana, dependiente del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que, entre las responsabilidades primarias de la mentada Secretaría se encuentran

las de coordinar el plan maestro de urbanización integral Retiro - Puerto, promoviendo

la interconectividad e integración del entramado urbano entre las Villas 31 y 31 bis, la

zona portuaria y la Ciudad, diseñar estrategias, planes, políticas y proyectos

vinculados a la integración urbana, social y económica de las Villas 31 y 31bis;

planificar, diseñar y coordinar acciones tendientes a mejorar la calidad del hábitat en

las Villas 31 y 31bis; y formular, coordinar y supervisar políticas vinculadas a su

urbanización y regularización;

Que con el objetivo de dar cumplimiento a la Ley N° 449, surgió la necesidad de

readecuar urbanísticamente el sector comprendido por las Villas 31 y 31 bis de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, redefiniendo el uso de la actual Autopista Illia, y

contemplando una solución que brinde la posibilidad de correr la traza hacia las vías

ferroviarias;

Que dicha propuesta atraviesa el sector de las Villas 31 y 31 bis conocido como "Cristo

Obrero" provocando la necesidad de relocalizar a las viviendas que se verán afectadas

por la nueva traza;

Que, en consecuencia, el Jefe de Gabinete de Ministros mediante Resolución N°

473/MJGGC/16, dispuso la realización de un operativo censal en las viviendas y

habitantes ubicados en los sectores "Bajo Autopista" y "Cristo Obrero", identificadas en

el Anexo I de dicha Resolución, e instruyó a la Secretaría de Integración Social y

Urbana para que, con la colaboración de la Dirección General de Estadísticas y

Censos, realice el diseño metodológico, la planificación, organización, implementación,

supervisión y evaluación de todas las etapas del operativo;

Que a su vez, en el artículo 4° de la Resolución N° 473/MJGGC/16 se facultó al titular

de la Secretaría de Integración Social y Urbana a...

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