Resolución Nº 307/GCABA/SECISYU/17
Firmantes | Fernández |
Emisor | SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA |
VISTO:
El Decreto 363/GCBA/15 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 473/MJGGC/16,
162/SECISYU/2016; 184/SECISYU/2016; 59/SECISYU/17; el expediente electrónico
N°2016-25822581-MGEYA-SSPYCG, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 363/GCBA/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánica funcional del Poder Ejecutivo, contemplando a la Secretaría de Integración
Social y Urbana, dependiente del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que, entre las responsabilidades primarias de la mentada Secretaría se encuentran
las de coordinar el plan maestro de urbanización integral Retiro - Puerto, promoviendo
la interconectividad e integración del entramado urbano entre las Villas 31 y 31 bis, la
zona portuaria y la Ciudad, diseñar estrategias, planes, políticas y proyectos
vinculados a la integración urbana, social y económica de las Villas 31 y 31bis;
planificar, diseñar y coordinar acciones tendientes a mejorar la calidad del hábitat en
las Villas 31 y 31bis; y formular, coordinar y supervisar políticas vinculadas a su
urbanización y regularización;
Que con el objetivo de dar cumplimiento a la Ley N° 449, surgió la necesidad de
readecuar urbanísticamente el sector comprendido por las Villas 31 y 31 bis de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, redefiniendo el uso de la actual Autopista Illia, y
contemplando una solución que brinde la posibilidad de correr la traza hacia las vías
ferroviarias;
Que dicha propuesta atraviesa el sector de las Villas 31 y 31 bis conocido como "Cristo
Obrero" provocando la necesidad de relocalizar a las viviendas que se verán afectadas
por la nueva traza;
Que, en consecuencia, el Jefe de Gabinete de Ministros mediante Resolución N°
473/MJGGC/16, dispuso la realización de un operativo censal en las viviendas y
habitantes ubicados en los sectores "Bajo Autopista" y "Cristo Obrero", identificadas en
el Anexo I de dicha Resolución, e instruyó a la Secretaría de Integración Social y
Urbana para que, con la colaboración de la Dirección General de Estadísticas y
Censos, realice el diseño metodológico, la planificación, organización, implementación,
supervisión y evaluación de todas las etapas del operativo;
Que a su vez, en el artículo 4° de la Resolución N° 473/MJGGC/16 se facultó al titular
de la Secretaría de Integración Social y Urbana a...
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