RESOLUCIÓN N.º 3061

Fecha25 Noviembre 2020
Número de registro31989
EmisorDIRECTOR PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional

17 NOV 2020

VISTO:

El Expediente Nº 15201-0064517-4 del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que han sido detectadas situaciones de irregularidad respecto de la Unidad Habitacional identificada como: MANZANA 258 NRO. 41 - (Rivadavia 2387) - (2D) - Nº DE CUENTA 0316-0137-3 - PLAN Nº 0316 - 155 VIVIENDAS – SAN CARLOS CENTRO - (DPTO. LAS COLONIAS), asignada por Resolución Nº 2677/90 a los señores LEIVA, HORACIO FABIAN – DEJON, SUSANA GRISELDA, según Boleto de Compra-Venta de fs. 22, consistentes en falta de pago y ocupación del bien;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Nº 100542 (fs. 73) manifiesta que vistos los antecedentes del caso, (dictamen glosado a fs. 24/25), habiéndose agotado las instancias (providencia, intimaciones e informes de fs. 47/63/71/72) y observando que el interesado no presentó la documentación requerida, aconseja – sin mas – mediante resolución la rescisión contractual y la desadjudicación por la transgresión a los Artículos 29 y 37 inc. d) y cláusulas concordantes del boleto de compraventa. En el mismo acto se dispondrá el recupero de la unidad por el procedimiento del Artículo 27 de la Ley 21.581 a la que adhiere la Providencia por Ley 11.102. En el acto administrativo a dictarse se hará saber a los particulares, el derecho a interponer recursos y el plazo para hacerlo, conforme a la normativa vigente. Se notificará en el domicilio de la unidad de marras, en el informado por el señor Leiva de calle Islas Malvinas 342 – San Carlos Centro y (siendo que se ignora el domicilio de la co-titular- señora Dejón) por edictos conforme Artículos 21 inc. d) y 29 del Decreto Nº 4174/15, debiendo la Dirección General de Despacho, verificar la efectiva publicación;

Por ello y de conformidad a las facultades conferidas por el Artículo 8vo.

de la Ley 6690;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE

VIVIENDA Y URBANISMO

Resuelve:

ARTICULO 1º: Desadjudicar la Unidad Habitacional identificada como: MANZANA 258 NRO. 41 - (Rivadavia 2387) - (2D) - Nº DE CUENTA 0316-0137-3 - PLAN Nº 0316 - 155 VIVIENDAS – SAN CARLOS CENTRO - (DPTO. LAS COLONIAS), a los señores LEIVA, HORACIO FABIÁN (D.N.I. Nº 20.148.149) y DEJON, SUSANA GRISELDA (D.N.I. Nº 17.982.770), por transgresión a los Artículos 29 y 37 inc. d) del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso y cláusulas concordantes del Boleto de Compra-Venta oportunamente suscripto, el que se da por rescindido y por modificada en tal sentido la Resolución N° 2677/90.-

ARTICULO 2º: En caso de no producirse la restitución pacífica del bien inmueble, previa individualización por el Área Social, del grupo familiar que propicie como...

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