Resolución N° 306 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Octubre de 2021
EmisorPoder Legislativo
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXII - Nº 209
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 7 DE OCTUBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
Que obra visto bueno del señor Ministro de Finanzas.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
Fiscalía Tributaria Adjunta con el Nº 10/2021, por la Dirección de Jurisdic-
ción de Asuntos Legales del Ministerio de Finanzas al N° 376/2021, por
Fiscalía de Estado bajo el N° 683/2021 y en uso de atribuciones constitu-
cionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º: ACÉPTASE la renuncia presentada por la abogada Sil-
via Beatriz JUNCOS, D.N.I. N° 11.195.008, M.P. N° 2-377, al mandato de
Procuradora Fiscal de la Dirección General de Rentas de la Provincia de
Córdoba, que le fuera conferido mediante Decreto N° 299/2009.
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Finanzas y Fiscal de Estado.
Artículo 3º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése a la Fiscalía Tri-
butaria Adjunta, a la Secretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Fi-
nanzas, notifíquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - OSVALDO GIORDANO, MINISTRO DE
FINANZAS - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 1048
Córdoba, 6 de septiembre de 2021
VISTO: el Expediente Nº 0532-086760/2015 del registro del Ministerio de
Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se gestiona la aceptación de la
renuncia presentada por el abogado Matías Sebastián MORENO ESPEJA,
D.N.I. N° 25.608.346, M.P. N° 1-31586 al mandato de Procurador Fiscal de
la Dirección General de Rentas, el que fuera conferido mediante Decreto
N° 1364/2014.
Que habiéndose cumplimentado los requisitos exigidos por el Artículo
107 del Decreto N° 320/2021 y artículos 1319, 1320, 1324 incisos f), h),
e i) y 1334, correlativos y concordantes del Código Civil y Comercial de
la Nación, corresponde aceptar la renuncia de que se trata conforme se
gestiona.
Que obra visto bueno del señor Ministro de Finanzas.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictamina-
do por Fiscalía Tributaria Adjunta con el Nº 08/2021, por la Dirección
de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Finanzas al N°
375/2021, por Fiscalía de Estado bajo el N° 684/2021 y en uso de atri-
buciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º: ACÉPTASE la renuncia presentada por el abogado Matías
Sebastián MORENO ESPEJA, D.N.I. N° 25.608.346, M.P. N° 1-31586 al
mandato de Procurador Fiscal de la Dirección General de Rentas, en el que
fuere designado mediante Decreto N° 1364/2014.
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Finanzas y Fiscal de Estado.
Artículo 3º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése a la Fiscalía Tri-
butaria Adjunta, a la Secretaría de Ingresos Públicos, publíquese en el Bo-
letín Ocial, notifíquese y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - OSVALDO GIORDANO, MINISTRO DE
FINANZAS - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
PODER LEGISLATIVO
Decreto N° 306
Córdoba, 05 de octubre de 2021
VISTO: el Decreto Nº 057 de fecha 9 de abril de 2021 de la Presidencia
del Poder Legislativo de la Provincia de Córdoba, prorrogado mediante
los Decretos N° 100/2021, Nº 135/2021, Nº 171/2021, Nº 212/2021 y Nº
271/2021, y la Resolución Nº 09/2021 de la Secretaría Administrativa.
Y CONSIDERANDO:
Que, a través del mencionado Decreto Nº 057/2021 se dispuso ins-
trumentar el régimen de Pasividad Anticipada Voluntaria, en los términos
previstos en el artículo 29 de la Ley N° 8836, su reglamentación y normas
complementarias, para el Personal de la Legislatura Provincial compren-
dido en la Ley N° 9880 – Estatuto Escalafón para el Personal del Poder
Legislativo de la Provincia de Córdoba al que, al día 31 de marzo de 2021,
le faltare hasta diez (10) años para reunir las condiciones y requisitos vi-
gentes para la obtención de la jubilación ordinaria.
Que a dicho n, se jó como plazo para que los interesados mani-
esten su voluntad de ser incluidos en el régimen, los días comprendidos
entre el 14 de abril de 2021 y el 13 de mayo de 2021, inclusive, previendo
asimismo que dicho plazo podría ser prorrogado.
Que por Resolución Nº 09/2021 de la Secretaría Administrativa se es-
tableció que el Registro de Aspirantes a obtener el benecio de la Pasivi-
dad Anticipada Voluntaria operar ía en las fechas supra citadas, y a través
de la Plataforma informática “CIDI – EDI Empleado Digital”, donde se re-
ceptarían las solicitudes.
Que, atento a la gran cantidad de consultas e interés que la pro-

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