Resolución N° 303 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 9 de Septiembre de 2021
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición 3 de Septiembre de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXI - Nº 186
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 9 DE SEPTIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
Generales, Anexo A y Endoso N° 2 para aquellos certificados que a la
fecha de la presente Resolución se hubieran emitido y para los que
se emitan en el futuro para el Contrato Original de la obra: “MEJORA-
MIENTO CAMINO RURAL DE LA RED SECUNDARIA S-130 – LAS
PEÑAS – LOS MISTOLES – DEPARTAMENTO TOTORAL”, expedida
por Afianzadora Latinoamericana Compañía de Seguros S.A., CUIT
N° 30-70918794-1 por un monto de Pesos Un Millón ($ 1.000.000,00),
hasta cubrir dicho monto, presentada por el CONSORCIO CAMINERO
ÚNICO, debiéndose reservarse en la Unidad Ejecutora, el original de
la Póliza aludida.
Artículo 2°.- FACÚLTASE a la Dirección Provincial de Vialidad a emitir
los Certicados correspondientes según la normativa citada.
Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE, dese copia a la Dirección Provincial
de Vialidad, dese intervención a la Dirección General de Administración
de este Ministerio, dese participación a Asesores de Córdoba S.A., publí-
quese en el Boletín Ocial, notifíquese, pase a la Unidad Ejecutora para la
Reglamentación y Gestión del Consorcio Caminero Único a sus efectos.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS
Resolución N° 303
Córdoba, 03 de septiembre de 2021
Expediente Nº 0045-022737/2020.-
VISTO: este expediente por el cual se tramita la aprobación del “Acta de
Recepción Provisional Total” de la obra “MEJORAMIENTO CAMINO DE LA
RED TERCIARIA T-271-3 – TRAMO: RUTA PROVINCIAL Nº 4 – ESTABLE-
CIMIENTO EL GUANAQUITO – DEPARTAMENTO PRESIDENTE ROQUE
SÁENZ PEÑA, adjudicada al Consorcio Caminero Único de la Provincia.
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se tramitan en Expediente Electrónico,
mediante la aplicación Portal de Obras Públicas – en adelante POP, de
conformidad a lo prescripto por Ley N° 10618, su Decreto Reglamentario
N° 750/19, Resolución N° 1/19 de la Secretaría de Planeamiento y Moder-
nización, Resolución N° 20/19 de la Dirección General de Compras y Con-
trataciones del Ministerio de Finanzas y demás legislación complementaria
de aplicación en la especie.
Que la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio ad-
vierte la existencia de un archivo titulado “Índice”, generado por POP, ha-
ciendo plena fe de su contenido.
Que por Resolución N° 214 de fecha 16 de noviembre de 2020 se ad-
judicó la obra de referencia al Consorcio Caminero único creado por Ley N°
10.546 y su Decreto Reglamentario N° 1053/2018, suscribiéndose el res-
pectivo contrato de obra pública con fecha 30 de noviembre de 2020, Acta
de Replanteo con fecha 16 de diciembre de 2020, jando la nalización de
los trabajos para el día 4 de junio de 2020 conforme Resolución Ministerial
N° 172/21.
Que el Acta de Recepción Provisional Total de la obra fue producida
con fecha 4 de junio de 2021, disponiendo que la misma fue concluida
el mismo día de dicha confección, conforme la Medición Mensual N° 007
correspondiente al periodo Jun-2021 y Nota de Pedido N° 7 (todos obran-
tes en Sistema POP), habiendo constatado que la obra ha sido ejecutada
de acuerdo a los Planos, Pliegos respectivos y órdenes impartidas por la
Inspección.
Que, asimismo, se acompaña “Planilla Comparativa de Recepción
Provisional Total de Obra” (con detalle de “Monto de Obra ejecutado”: $
31.532.830,72 y “Monto a Desafectar”: $ 0,00), “Nota de concepto” y “Nota
de Elevación de Recepción Provisional Total”. Todos ellos, haciendo plena
fe de su contenido, atento la competencia material especíca de las áreas
suscribientes.
Que obra Dictamen Nº 352/2021 de la Dirección General de Asun-
tos Legales de este Ministerio en el que se expresa que lucen agregadas
las constancias obrantes en Sistema POP, en especial la intervención de
los organismos con competencia técnica y en virtud de lo establecido por
los Arts. 51, 52, correlativos y concordantes de la Ley de Obras Públicas
Nº 8614, lo dispuesto por los Arts. 79 y 108 del Decreto N° 4758/77 y lo
propiciado en Informe Resumen titulado “Nota de Elevación de Recepción
Provisional Total”, puede en consecuencia dictarse el acto administrativo
correspondiente.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el N°
352/2021, y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APROBAR el Acta de Recepción Provisional Total, confeccio-
nada con fecha 4 de junio de 2021 correspondiente a la Obra: “MEJORAMIEN-
TO CAMINO DE LA RED TERCIARIA T-271-3 – TRAMO: RUTA PROVINCIAL
Nº 4 – ESTABLECIMIENTO EL GUANAQUITO – DEPARTAMENTO PRESI-
DENTE ROQUE SÁENZ PEÑA, que como Anexo I compuesta de una (1) foja
útil forma parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- APROBAR Medición Final efectuada según la cual se ha
ejecutado la Obra por un monto total de PESOS TREINTA Y UN MILLO-
NES QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS TREINTA CON
SETENTA Y DOS CENTAVOS ($ 31.532.830,72), y Planilla Comparativa la
que, como Anexo II, compuesta de una (1) foja útil forma parte integrante
del presente instrumento legal.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, notifíquese, pase a la Unidad Ejecutora para la Reglamenta-
ción y Gestión del Consorcio Caminero Único a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
ANEXO

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