Resolución Nº 300/GCABA/SECTRANS/17
Firmantes | Méndez |
Emisor | SECRETARÍA DE TRANSPORTE |
VISTO:
La Ley N° 238 (texto consolidado por Ley N° 5.666); la Ley N° 5.662; la Resolución N°
678/MDEGC/14; su ratificatoria N ° 525/MMIYTGC/16, el Expediente Electrónico N°
EX-2017-00624517-DGAB; y,
CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones consignadas en el Visto tramita la expropiación del inmueble
sito en la calle Dr. Ramón Carrillo 610, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(Nomenclatura Catastral: Circunscripción 3, Sección 18, Manzana 119, Parcela 16,
Matrícula FR 3-7197);
Que el referido inmueble se encuentra afectado a utilidad pública y sujeto a
expropiación, como consecuencia de la construcción del viaducto ferroviario elevado
en las vías del Ferrocarril Belgrano Sur y de conformidad con lo establecido en la Ley
N° 5.662;
Que la Ley N° 238 (texto consolidado por Ley N° 5.666) establece el régimen de
expropiaciones en el ámbito territorial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la
calificación de utilidad pública, los bienes expropiables, el monto de la indemnización y
el proceso expropiatorio, previendo la posibilidad de arribar a un avenimiento con el
propietario del bien, cuando existiera un acuerdo con el expropiante sobre el valor del
mismo;
Que la Dirección General Administración de Bienes y Concesiones ha intervenido en
estas actuaciones conforme las responsabilidades primarias establecidas por el
Decreto N°393/GCABA/16;
Que entre dichas responsabilidades se resalta su intervención en el carácter de
órgano expropiante, en los términos de la Ley N° 238 (texto consolidado por Ley N°
5.666), para los procedimientos administrativos de expropiación de bienes inmuebles
declarados de utilidad pública, cuando la Legislatura de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires no designare órgano alguno;
Que por Decreto 354/GCABA/14 se aprobó el modelo de Convenio de Avenimiento
Expropiatorio aplicable a los avenimientos expropiatorios con los propietarios de los
inmuebles declarados de utilidad pública y afectados a expropiación, que se celebren
en virtud de la mentada ley;
Que por la Resolución N° 678/MDEGC/14, y su ratificatoria N° 525/MMIYTGC/16 se
facultó al titular de la Dirección General Administración de Bienes a suscribir los
convenios de avenimiento que se celebren en los procedimientos administrativos de
expropiaciones de bienes inmuebles declarados de utilidad pública;
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