Resolución N° 942/03 de 30 de Octubre de 2003

La Plata, 30 de octubre de 2003.

POR 1 DIA- VISTO el expediente N° 2572-246/03, por intermedio del cual la Comisión de Emergencia y Desastre Agropecuario, propicia la rectificación del Artículo 1° de la Resolución N° 843/03; y

CONSIDERANDO:

Que en el Artículo 1° de la Resolución indicada en el exordio de la presente, se consignó el día 31 de marzo de 2003 como fecha de finalización del período de vigencia del Estado de Emergencia Individual, otorgado para la parcela afectada, siendo la fecha correcta el día 23 de marzo de 2004;

Que habiéndose identificado con precisión la anomalía hallada en el ámbito del Departamento Emergencia Agropecuaria, corresponde el dictado de la presente, a efectos de otorgar a la parcela involucrada los beneficios previstos en la Ley 10390 y modificatorias;

Por ello,

EL MINISTRO DE ASUNTOS

AGRARIOS Y PRODUCCION

R E S U E L V E:

Art. 1°...

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