Resolución N° 30 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor29 de Septiembre de 2021
EmisorSecretaría General de la Gobernación
Fecha de la disposición28 de Septiembre de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXI - Nº 203
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
la Provincia (CDD), las Plataformas Empleado Digital (EDI), Ciudadano
Digital (CiDi) y el Sistema de Administración de Recursos Humanos.
Que por lo expuesto, corresponde disponer la obligatoriedad del uso de la
plataforma citada a los nes de gestionar y resolver los trámites en cuestión.
Por ello, las facultades conferidas a esta Secretaría General de la Go-
bernación por Decreto Nº 1615/19 y su modicatorio Nº 93/2020 –ratica-
dos por Ley Nº 10726–, el Decreto Nº 16/2016 y en uso de sus atribuciones;
EL SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
RESUELVE:
Artículo 1°: ESTABLÉCESE la obligatoriedad, para los Organismos y
Dependencias del Poder Ejecutivo Provincial, de tramitar y resolver ínte-
gramente a través de la Plataforma de Gestión de Servicios Digitales del
Gobierno de la Provincia de Córdoba (https://crm.cba.gov.ar/CRMSGGC-
BA) y conforme el proceso desarrollado a tal n las renuncias, rescisiones
de contratos de servicios y solicitudes de pago de bonicación por jubi-
lación –excepto del personal de las Fuerzas de Seguridad y Autoridades
Superiores– presentadas a partir del día 1° de octubre del corriente año.
Artículo 2°: FACÚLTASE a la Secretaría de Capital Humano a estable-
cer los procedimientos complementarios que resulten necesarios para la
efectiva implementación de lo establecido en el presente instrumento legal.
Artículo 3º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
RESOLUCIÓN N° 2021/SGG-00000029
FDO.: JULIO CÉSAR COMELLO, SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Resolución N° 30
Córdoba, 28 de septiembre de 2021
VISTO: La Resolución Nº 1752/2018 de la Secretaría General de la Go-
bernación.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante dicho instrumento se aprobó el procedimiento para la ges-
tión y control de licencias médicas y funcionamiento de juntas médicas para el
personal que se desempeña en la Administración Pública Provincial.
Que, en virtud de la experiencia recabada con el proceso implementa-
do anteriormente, el nuevo abordaje de la temática de la salud en el trabajo
y los nuevos paradigmas emanados de la pandemia Covid-19, ha surgido
la necesidad de una modicación y actualización del sistema de solicitud y
gestión de licencias por razones de salud, en pos de continuar ecientizan-
do dichos procesos y garantizar una adecuada recuperación de la salud de
los trabajadores.
Que, desde el nuevo paradigma de gestión de la Dirección de Salud en
el Trabajo, se aborda a las personas en situación de trabajo desde el enfo-
que más actual, conocido como renovador, que revaloriza las dimensiones
subjetivas de las condiciones de trabajo y del medio ambiente en que este
se realiza, sin dejar de lado el análisis de las dimensiones objetivas impli-
cadas en ese proceso.
Que, además, este enfoque entiende a la salud como la capacidad de
las personas para desarrollarse armoniosamente en todos los espacios
que conforman su vida, destacando entre estos al ambiente laboral, en
tanto articulación entre el espacio especíco en el que se desarrollan los
procesos de trabajo y las relaciones técnicas, sociales y de gestión en los
que se encuentran insertos.
Que, por último, este enfoque adopta como herramienta fundamen-
tal la incorporación de Tecnologías de Información y Comunicación (TICs)
-entre las cuales se encuentra la telemedicina- que permiten en general
una gestión más ágil e inteligente y en particular la implementación de un
proceso de auditoría dinámico y estratégico para atender aquellos aspec-
tos que resultan relevantes.
Por ello, las facultades conferidas a esta Secretaría General por De-
creto Nº 1615/2019 y su modicatorio Nº 93/2020 –raticados por Ley Nº
10726– y en uso de sus atribuciones;
EL SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
RESUELVE
Artículo 1º: APRUÉBASE el nuevo procedimiento para gestión y ejecu-
ción del control del estado de salud, derivado de la solicitud de licencias por
razones de salud del personal que se desempeña en la Administración Pública
Provincial, cualquiera sea el régimen jurídico aplicable a su relación laboral,
con excepción del personal dependiente de la Policía de la Provincia, Servicio
Penitenciario, Fuerza Policial Antinarcotráco y Delegación Ocial del Gobierno
de la Provincia de Córdoba en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que como
Anexo I compuesto de ocho (8) fojas útiles forma parte integrante de la presen-
te Resolución, el que comenzará a regir a partir del 1° de Octubre de 2021.
Artículo 2º: DERÓGASE la Resolución Nº 1752/2018 de la Secretaría
General de la Gobernación.
Artículo 3º: FACÚLTASE a la Secretaría de Capital Humano a deter-
minar mecanismos, procedimientos y/o normas complementarias a n de
la adecuada implementación de lo resuelto en el presente instrumento.
Artículo 4º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
RESOLUCIÓN N° 2021/SGG-00000030
FDO.: JULIO CÉSAR COMELLO, SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
ANEXO

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