Resolucion N° 3.111 /2010

EmisorDir. Personas Juridicas
Fecha de la disposición16 de Diciembre de 2010

RESOLUCION N° 3.111 /2010

Mendoza, 16 de diciembre de 2010

Vistos: La pieza administrativa Nro. 278-C-2010, caratulados "D.P.J. s/Irregularidades Colegio Técnico de Mendoza", como también las disposiciones de los arts. 2, 3, 4 inc. b, 5 incs. I, L y N, 6, inc. A, 9 y 10 de la Ley 5069;

CONSIDERANDO:

Que a fs. 72/89, se presenta los Sres. Orestes Oscar Saez y Claudio David Dagne invocando la calidad de autoridades de la entidad, e interponen recurso de revocatoria en contra de la resolución Nro. 2934/2010 emanada del Sr. Director de Personas Jurídicas.

En lo sustancial y en cuanto al art. 1 de la resolución 2934, los recurrentes luego de considerar irregularidades en el procedimiento, realizan un allanamiento, a lo allí ordenado; admitiendo someterse al procedimiento que estime pertinente esta Dirección, a fin de regularizar la vida institucional de la asociación, incluso admitiendo la participación del denunciante en un acto asambleario dirigido por esta Dirección.-

En relación al art. 2 de la resolución antes referida, con el fin de evitar afectar derechos de terceros; como así también una errónea interpretación de prejuzgamiento de esta Dirección del recurso jerárquico interpuesto por los quejosos, es conveniente revocar por contrario imperio el art. 2 de la resolución 2934/2010.-

Que de acuerdo al marco de competencias atribuidas a esta Dirección según Ley 5069, las normas de procedimiento de la ley 3909, y dictamen de asesoría legal de fs. 90.- Es procedente hacer lugar parcialmente al recurso interpuesto.-

Es así como a fs. 90/93, asesoría legal sugiere; que en autos es de aplicación del artículo 5 inc. f de la ley 5069, es decir se convoque a asamblea con el objeto de celebrar las elecciones de renovación de autoridades, y se sugiere orden del día; de conformidad con ciertas pautas brindadas en la pieza administrativa. 315/08, el que se encuentra en conocimiento de recurso jerárquico ante el Ministerio de Gobierno.- Ello a fin de dar por iniciado el proceso de regularización, y otorgar legalidad y legitimidad a las autoridades que resulten electas; atento a la existencia de denuncias, el tiempo transcurrido sin solucionar el conflicto y sobre todo el allanamiento de los denunciados.-

Asimismo, se resalta que en materia de Derecho Administrativo, la Administración Pública no declina ni pierde su competencia y...

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