Resolución Nº 3/16 Tgp
Emisor | Tesoreria Gral. de la Provincia |
Fecha de la disposición | 20 de Enero de 2016 |
RESOLUCIÓN Nº 3/16 TGP
Mendoza, 20 de enero de 2016
Visto: El Decreto N° 63/16 M. H. y F., y
CONSIDERANDO:
Que dicha norma establece la necesidad de contar con información, veraz y documentada, de las deudas que mantiene la Provincia de Mendoza con sus proveedores.
Que, además, el artículo 7°, faculta a la Tesorería General de la Provincia
a reglamentar la operatoria referida a la recepción de la documentación, a ser presentada por los Proveedores del Estado Provincial, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 8° de la Ley N° 8.816, en lo que respecta al procedimiento de presentación de documentación para la comprobación de créditos que establece la citada norma.
Por ello,
EL SUBTESORERO GENERAL
DE LA PROVINCIA
A CARGO DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA PROVINCIA
DE MENDOZA
RESUELVE:
Los proveedores del Estado Provincial, que reúnan las condiciones previstas en el.
del Decreto N° 63/16, deberán presentarse, ante la Tesorería General de la Provincia, acompañando la documentación respaldatoria de sus acreencias, debiendo cumplimentar los requisitos que se detallan seguidamente:
-
Nota, con carácter de declaración jurada, en original y duplicado, dirigida al Tesorero General de la Provincia, solicitando la recepción de la documentación establecida, en virtud del procedimiento determinado por el Decreto N° 63/16, especificando:
a.1)
Nombre completo o razón social del solicitante, aclarando la representación invocada.
a.2)
Número de proveedor y clave de identificación tributaria (CUIT).
a.3)
Domicilio legal en la ciudad de Mendoza y domicilio real.
a.4)
Dirección de correo electrónico del Proveedor solicitante, donde se realizarán las comunicaciones necesarias para llevar a cabo el procedimiento que establece la normativa vigente.
a.5)
Nombre, dirección de correo electrónico y teléfonos del representante.
a.6)
Detalle pormenorizado de la documentación acompañada.
-
Deuda exigible, vencida o de causa o título anterior al 31 de diciembre de 2015, indicando:
b.1)
Montos, separados por prestación o provisión, identificando los que se encuentran con orden de pago asociada, consignando, en tal caso, año, clave única cuentadante (CUC) y número.
b.2)
Modalidad en que fue efectuada la contratación que dio origen a cada obligación reclamada, número de licitación o de expediente, si fuese compra directa, fecha en que...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba