Resolución N° 298/ERSP/18

EmisorEnte Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición21 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 298/ERSP/18
Buenos Aires, 6 de julio de 2018
VISTO:
el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley Nº 210, la Ley Nº
24.240 y modificatoria, la Ley Nº 757, el Reglamento de Procedimientos de Reclamos
de Usuarios y Sanciones por Infracciones en la Prestación de Servicios Públicos del
Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires aprobado por Resolución del Directorio Nº 673/2016 y sus modificatorias, el Acta
de Directorio Nº 699 del 6 de julio de 2018, el Expediente Nº 4053/EURSPCABA/2017,
y
CONSIDERANDO:
Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, el Ente
Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya
prestación o fiscalización se realice por la administración central y descentralizada o
por terceros para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y
consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de
las leyes que se dicten al respecto;
Que, de acuerdo con el Art. 2º inc. a) de la Ley Nº 210, entre los servicios bajo su
control se encuentra el de transporte público de pasajeros;
Que, por tratarse de un servicio público local, compete al Ente Único el ejercicio de las
funciones enumeradas en el Art. 3º de la Ley Nº 210, sin ningún tipo de limitación,
independientemente de la calidad de las normas que integran el marco regulatorio;
Que, el Expediente N° 4053/EURSPCABA/2017 se inicia a raíz del Plan de Control
correspondiente al mes de septiembre de 2017, por falta de funcionamiento de
escaleras mecánicas en las estaciones Belgrano (escalera mecánica: de andén a
Bolívar a hall boletería), San José (escalera mecánica: de andén a Bolívar a hall
boletería), Entre Ríos (escalera mecánica: de andén a Virreyes a hall boletería),
Urquiza (escalera mecánica: de andén a Virreyes a hall boletería), Jujuy (escaleras
mecánicas: de andén a Virreyes a hall boletería y de andén a Bolívar a hall boletería),
Pichincha (escalera mecánica: de andén a Virreyes a hall boletería), J. M. Moreno
(escaleras mecánicas: de andén a Virreyes a hall boletería y de andén a Bolívar a hall
boletería) de la Línea E de subterráneos;
Que, a fs. 02/49 obran actas de fiscalización de los días 01/09/17, 04/09/17, 05/09/17,
06/09/17, 07/09/17, 11/09/17, 12/09/17, 13/09/17, 14/09/17, 15/09/17, 18/09/17,
19/09/17, 20/09/17, 21/09/17, 22/09/17, 25/09/17, 26/09/17, 27/09/17, 28/09/17 y
29/09/17 de las que se desprende el no funcionamiento de escaleras mecánicas en las
estaciones mencionadas;
Que, a fs. 50/52 el Área Técnica en su Informe Nº 2491/AT/2017 considera que los
hechos detectados podrían constituir una presunta infracción a los deberes de la
concesionaria según la Ley Nº 24.240 y modificaciones, por lo cual recomienda el
inicio del correspondiente sumario;
Que, a fs. 55 la Asesoría Legal dispuso la apertura del sumario;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5439 - 21/08/2018

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