Resolución N° 297 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor25 de Junio de 2021
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición23 de Junio de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXVIII - Nº 127
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 25 DE JUNIO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
Resolución N° 186
Córdoba, 17 de junio de 2021
VISTO: El expediente Nº 0672-004403/2021 en que el Ministerio de Servi-
cios Públicos propicia readecuación del Presupuesto General en vigencia
de la Administración Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que resulta necesario dar reejo presupuestario a lo dispuesto en el Con-
venio Especíco de Cooperación y Financiación para la ejecución de la Obra
Hídrica “Desagües Pluviales Barrio Fénix- Ciudad de Río Cuarto” celebrado
entre la Secretaría de Infraestructura y Política Hídrica del Ministerio De Obras
Públicas de la Nación, el Ministerio de Servicios Públicos de la Provincia de
Córdoba y la Municipalidad de Río Cuarto, con fecha 16 de abril del 2021.
Que, la mencionada obra se encuentra aprobada por Ley N° 10.723 de
Presupuesto General de la Administración 2021, en el Programa 550 Re-
cursos Hídricos, Subprograma 003 Sistemas De Drenaje Pluvial Urbanos y
Rurales y Sistemas De Riego.
Que corresponde modicar las asignaciones de recursos nancieros
y adecuar el plan de obras del Presupuesto General de la Administración
Provincial en vigencia a n de otorgar reejo presupuestario al mencionado
convenio, por la suma de pesos ciento trece millones doscientos setenta y
cinco mil ($ 113.275.000).
Que la utilización de los créditos presupuestarios incrementados por la
presente está limitada a lo establecido en el Artículo 15 de la Ley de Admi-
nistración Financiera N° 9.086, en el que se determina que solo se pueden
comprometer las obligaciones hasta el límite de la percepción efectiva de
los recursos afectados.
Que el Decreto Nº 150/04 reglamentario de la Ley 9.086, faculta a este
Ministerio a efectuar las adecuaciones de montos, fuentes de nancia-
miento, plazos, alcance y toda otra que corresponda, en los Proyectos de
Inversión incluidos en el Plan de Inversiones Públicas, a los nes de reejar
las modicaciones que se dispongan durante su ejecución.
Que la modicación propuesta se encuadra en las disposiciones lega-
les vigentes, de acuerdo a los artículos 27, 31, 37 y 110 in ne de la Ley de
Administración Financiera y del Control Interno de la Administración Gene-
ral del Estado Provincial Nº 9.086.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Subse-
cretaría de Compras, Presupuesto e Inversiones Públicas y lo dictaminado
por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº
311/2021 y los términos de la Resolución Ministerial N° 119/2020.
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1º INCREMENTAR el cálculo de Ingresos y el total de Eroga-
ciones del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia
– aprobado por los artículos 1° y 2° de la Ley N° 10.723 – en la suma de pe-
sos ciento trece millones doscientos setenta y cinco mil ($113.275.000) de
conformidad con el detalle analítico incluido en el Documento Modicación
de Crédito Presupuestario N° 25 (Recticación) del Ministerio de Servicios
Públicos, el que como Anexo I con una (1) foja útil forma parte integrante
de la presente Resolución.
Artículo 2º ADECUAR el Plan de Inversiones Públicas vigente según
el detalle analítico incluido en el Anexo II el que con una (1) foja útil, forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3º PROTOCOLICESE, dése intervención a la Subsecretaría
de Compras Presupuesto e Inversiones Públicas, a la Contaduría General
de la Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de la Provincia y a la
Legislatura, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: MÓNICA ZORNBERG, SEC. DE ADMINIST. FINANCIERA, MINISTERIO DE
FINANZAS
Por encomienda de rma – Resolución Ministerial N° 119/2020
ANEXO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 297
Córdoba, 23 de junio de 2021
VISTO: El Expediente N° 0623-122039/21 del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones impulsadas por la Dirección General
de Educación Superior, se tramitan las adecuaciones de títulos de acuer-
do a lo resuelto por el Consejo Federal de Educación y la implementación
de las carreras de formación docente a partir de la cohorte 2016.
Que la Ley de Educación Nacional N° 26.206 en su parte pertinente,
las Resoluciones Nros. 24/07 y 74/08 del Consejo Federal de Educación, y
las Resoluciones Nros. 979/14 (Profesor/a de Educación Inicial) y 752/11
(Profesor/a de Educación Secundaria en Historia) ambas emanadas de
este Ministerio, regulan lo referido a planes de estudios de las carreras, sus
denominaciones, los títulos y sus alcances.
Que resulta necesario adecuar las denominaciones de los títulos y
su alcance para aquellas carreras de formación docente que actualmente
ofertan los Institutos Superiores de Formación Docente en la Provincia de
Córdoba, a lo establecido en la Resolución 74/08 del Consejo Federal de
Educación.
Que el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 144/08 otorgó validez
nacional a estas titulaciones hasta la cohorte 2008.
Que la Resolución 73/08 del Consejo Federal de Educación, en su
Anexo I determinó que debe existir “Coincidencia o equivalencia de los títu-
los que [se] emitan con los acordados federalmente en el apartado “Nomi-
naciones de Títulos” de la Resolución C.F.E. Nº 24/07 y/o sus complemen-
tarias y/o modicatorias que establezca el Consejo Federal de Educación”.

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