Resolución N° 2967/MCGC/21

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición 1 de Septiembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 2967/MCGC/21
Buenos Aires, 27 de agosto de 2021
VISTO: La Leyes Nros. 6.292,6.384 y 27.541, los Decretos de Necesidad y Urgencia
Nros. 260-PEN/20 y 956-PEN/20 y sus modificatorios y normas complementarias,
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y sus modificatorios, los Decretos
N°3697/84, 2577/89,483/20, 87/21, la Disposición N° 93-DGPLBC/21, el Expediente
Electrónico N° 24079693-GCABA-DGPLBC/21, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20, el Poder Ejecutivo de la
Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria, económica, financiera,
fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética y social, establecida por Ley N°
27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud
(OMS) en relación con el virus COVID-19 (Coronavirus), por el plazo de un (1) año a
partir de la entrada en vigencia de dicho Decreto;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 956-PEN/20 se estableció la medida de
“distanciamiento social, preventivo y obligatorio”, la cual fue mantenida por los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1033-PEN/20, 67-PEN/21, 125-PEN/21, 168-
PEN/21, 235-PEN/21 y N° 287-PEN/21, incluyendo a la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 455-PEN/21 se prorrogó el Decreto N°
287/21, así como sus normas complementarias, prorrogados por los Decretos Nros.
334-PEN/21, 381-PEN/21, 411-PEN/21, 455-PEN/21 y 494-PEN/21 hasta el día 1 de
octubre de 2021, inclusive;
Que, asimismo, por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 9/21 se prorrogó hasta el 31
de agosto de 2021, la emergencia sanitaria declarada por Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 1/20 y sus modificatorios, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que por Ley N° 6.292, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplándose al Ministerio de Cultura;
Que por Decreto N° 87/21 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando
dentro del Ministerio de Cultura a la Subsecretaría de Gestión Cultural, y estableciendo
bajo su órbita a la Dirección General Promoción del Libro, Bibliotecas y la Cultura;
Que, dentro de las responsabilidades primarias de esta Dirección General se
encuentran las de “Implementar las diferentes acciones tendientes a promover la
participación cultural” y“...acciones tendientes a promover la inclusión cultural de los
sectores vulnerables de la población de la Ciudad...”, entre otras;
Que por Decreto N° 2577/89 se creó en el barrio de Barracas “La Calle de los Títeres”,
organizado por el Programa Cultural en Barrios dentro de la entonces Secretaría de
Cultura, aprobado por Decreto N° 3697/84;
Que la Ley N° 6.384 fijó el Presupuesto de la Administración Gubernamental del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2021;
Que el Decreto N° 483/20 aprobó la distribución analítica del Presupuesto General de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6205 - 01/09/2021

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