RESOLUCIÓN Nº 2954

Fecha de publicación14 Diciembre 2018
Fecha14 Diciembre 2018
Número de registro27258
EmisorMINISTERIO DE SEGURIDAD

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional 06 DIC 2018

VISTO:

El expediente Nº 00201-0195371-9, del registro del Sistema de Información de Expedientes, en cuyas actuaciones se tramita la convocatoria al Curso de Actualización y/o Perfeccionamiento dictado por el Instituto de Seguridad Pública de la Provincia (I.Se.P.), en el marco del Concurso de Ascenso Policial 2018; y

CONSIDERANDO:

Que la Dirección Provincial de Gestión de la Carrera y Bienestar Policial de este Ministerio pone de manifiesto la necesidad de efectuar la convocatoria al Curso de Perfeccionamiento on line con miras a la realización del Concurso de Ascenso Policial 2018;

Que durante el transcurso del año 2017 se comenzó con la efectiva puesta en marcha de las Escuelas Superior y de Especialidades, tan es así, que el Instituto de Seguridad Pública de la Provincia (I.Se.P.) convocó al personal con tiempo de permanencia en el grado para participar del Concurso de Ascenso 2017; tal cuestión se repitió durante el año en curso y con miras al 2018;

Que en razón de que aún se encuentra tramitando el expediente del Concurso de Ascenso 2017, todos los que no resulten promovidos a la próxima jerarquía ya sea porque resultaron inhabilitados, no aprobaron algunas de las etapas, o no quedaron dentro de las vacantes establecidas por el Poder Ejecutivo, tienen el derecho de ser considerados para el Concurso de Ascenso 2018;

Que por otro lado, también existe personal que ha cumplimentado tiempo de permanencia en el grado desde hace varios concursos por que no han participado de los mismos o no han pasado las instancias de algún proceso y que tampoco han sido convocados a las Escuelas, y deben realizar el curso de actualización y/o perfeccionamiento del Instituto de Seguridad Pública de la Provincia (I.Se.P);

Que conforme la normativa vigente, todos los futuros participantes del Concurso de Ascenso 2018, hayan participado o no de las Escuelas Superior y de Especialidades, deben acreditar aptitud física y psíquica, es decir que para estar habilitados deben cumplimentar con el Inciso e) del Artículo 78° Ley N° 12521;

Que debe imprimirse celeridad al inicio del Concurso de Ascenso 2018 y, atento la diversidad de situaciones planteadas, deben brindarse las herramientas para realizar tanto el curso de perfeccionamiento como el control médico correspondiente para cumplimentar con los Incisos b) y e) del Artículo 78º de la Ley Nº 12521, por ello se considera adecuado que todo aquel postulante que no haya acreditado control médico en el año en curso (2018) debe someterse al mismo, sin perjuicio de haber participado o no...

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