Resolución Nº 292/GCABA/APRA/17
Firmantes | Filgueira Risso |
Emisor | AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL LEY 2628 |
VISTO:
Las Leyes N° 123, N° 1.540, y N° 2.628 (textos consolidados por Ley N° 5.666), los
Decretos N° 1.352/GCABA/02, N° 138/GCABA/08, 740/GCABA/07, N° 222/GCABA/12
y N° 37/GCABA/2016, la Resolución Conjunta N° 2/APRA/15, la Resolución N°
354/MMAGC/06, el Expediente Electrónico N° EX-2016-18085119-MGEYA- APRA, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el visto tramita la Declaración de Impacto Ambiental y
el Certificado de Aptitud Ambiental para la actividad: "Habilitada por Expediente N°
28248/97: Local de baile Clase "C" (800.360)" a desarrollarse en el inmueble sito en
Avenida Rivadavia N° 10.925/37/43 Planta Baja y Entrepiso (Distrito de Zonificación
C3II) sobre una superficie total de 1.485,88 m2, incluido en el Régimen de Adecuación
normado en el artículo 36 de la Ley N° 123 (texto consolidado por Ley N° 5.666), a
cargo de EL BAILE S.R.L.;
Que por Expediente Papel N° 1198137/09, se inició el trámite a fin de obtener el
Certificado de Aptitud Ambiental para la actividad de la referencia;
Que ante el proceso de digitalización implementado, las actuaciones fueron
digitalizadas bajo Expediente Electrónico N° EX-2016-18085119-MGEYA-APRA,
continuando la tramitación por este expediente;
Que por su parte, la Gerencia Operativa de Evaluación de Impacto Ambiental
dependiente de la Dirección General de Evaluación Ambiental, por Informe N° IF-2014-
15902081-DGET e Informe Complementario N° IF-2017-15190263-DGEVA, efectuó un
exhaustivo análisis de la documentación y todo lo presentado para el conjunto de las
actividades, destacando aspectos de interés y las condiciones ambientales a
considerar de acuerdo las características del proyecto;
Que según el Cuadro de Usos N° 5.2.1 a), Anexo VI del Decreto 1.352/GCABA/02,
normativa vigente al momento de la presentación, la actividad "Equipamiento: Local de
Baile Clase "C", II: más de 1000 m2 de superficie cubierta (800.360)" se encontraba
categorizada como de Impacto Ambiental Con Relevante Efecto (CRE) y afectada a la
observación C: "El Consejo efectuará en cada caso el estudio para determinar la
conveniencia de la localización propuesta, y en su caso, el F.O.S. correspondiente";
Que asimismo el Decreto N° 222/GCABA/12 regula el Régimen de Adecuación
Ambiental aplicable a aquellos emprendimientos que acrediten preexistencia a la
entrada en vigencia de la Ley N° 123 (texto consolidado Ley N° 5.666), cuyo trámite
consiste en la presentación del Estudio de Impacto Ambiental o Plan de Adecuación
Ambiental por parte del interesado, sin que sea requerida la realización de la
Audiencia Pública prevista en el artículo 22 de la misma ley;
Que al respecto, cabe mencionar que...
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