Resolución N° 291

EmisorMinisterio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales
Fecha de la disposición16 de Marzo de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXXXIX - Nº 53
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 16 DE MARZO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
MINISTERIO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y
OBRAS VIALES
Resolución N° 291
Córdoba, 27 de setiembre de 2017.
Expediente N° 0047-001977/2013/R27.-
VISTO: este expediente en el que la Secretaría de Arquitectura propicia por
Resolución Nº 398/2017, la aprobación del Acta Acuerdo de la Primera Re-
determinación de Precio por Reconocimiento de la Primera, Segunda, Ter-
cera, Cuarta, Quinta, Sexta, Séptima, Octava, Novena y Décima Variación
de Costos correspondientes a los meses de marzo, mayo y agosto de 2014,
febrero, junio y octubre de 2015 y febrero, abril, mayo y setiembre de 2016
y Segunda Redeterminación de Precio correspondiente al mes de noviem-
bre de 2016 y su Acta Recticatoria por TRABAJOS MODIFICATORIOS
faltantes de ejecutar en la obra: “Estudio de Suelos, Desarrollo del Proyecto
de Ingeniería de Detalles de Estructura y de la totalidad de las instalacio-
nes de cada Establecimiento en particular, con Ajuste de Proyectos Eje-
cutivos de Arquitectura y Ejecución de las Construcciones o Ampliaciones
según corresponda con Sistema Constructivo Prefabricado de Hormigón
Armado en los Establecimientos que a continuación se detallan: “IPEM N°
221 “SAN CARLOS” – ALBERGUE, Calle Juan D. Perón esquina Ruta Pro-
vincial N° 27 – Jovita – Departamento General Roca - CONSTRUCCIÓN
NUEVO EDIFICIO; IPEM N° 170 “PADRE JOSÉ GABRIEL BROCHERO”
Ruta Provincial N° 15 – Salsacate – Departamento Pocho - CONSTRUC-
CIÓN DE NUEVO EDIFICIO; ESCUELA “ELOY GOMEZ” ANEXO, Calle
Sarmiento (entre Avenida Los Reartes y Calle San Juan) – Villa Ciudad
Parque – Departamento Calamuchita - CONSTRUCCION NUEVO EDIFI-
CIO y ESCUELA DE ARTES APLICADAS “LINO E. SPILIMBERGO” Aveni-
da Pablo Richieri N° 2200 – Ciudad de Las Artes – Barrio Rogelio Martínez
– Departamento Capital - AMPLIACIÓN DE AULAS” suscriptas con fechas
13 de marzo de 2017 y 7 de julio de 2017, respectivamente, entre el Secre-
tario de Arquitectura, el Director de Obras, Licitaciones y Contrataciones
de la Secretaría de Arquitectura y la Apoderada de la empresa ASTORI
CONSTRUCCIONES S.A., contratista de la obra.
Y CONSIDERANDO:
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en las pre-
visiones del Decreto Provincial Nº 1231/2010, modicatorio de su similar N°
1133/2010, lo dispuesto por Resolución N° 013/2011 del entonces Ministerio
Obras y Servicios Públicos y lo establecido por el artículo 30 del Pliego
Particular de Condiciones.
Que mediante Decreto N° 357 de fecha 16 de abril de 2014, se ad-
judicó la obra principal a la empresa ASTORI CONSTRUCCIONES S.A.,
mientras que los trabajos modicatorios fueron adjudicados por Decreto Nº
1108 de fecha 25 de agosto de 2016, suscribiéndose la correspondiente
Addenda de Contrato con fecha 31 de octubre de 2016.
Que luce incorporada documentación presentada por la contratista
fundamentando su pedido.
Que se ha incorporado en autos Resolución Nº 745/2016 de la Secreta-
ría de Arquitectura por la cual se amplía el plazo de la obra principal hasta
el 5 de marzo de 2017.
Que la Sección Estudio de Costos de la Secretaría de Arquitectura
informa que se han producido variaciones en el precio de los trabajos mo-
dicatorios de la obra principal del 8,60%, 10,93%, 7,29%, 7,37%, 10,96%,
8,22%, 7,05%, 7,14%, 8,45%, 7,89% y 7,75%, correspondientes a los me-
ses de marzo, mayo y agosto de 2014, febrero, junio y octubre de 2015
y febrero, abril, mayo, setiembre y noviembre de 2016, respectivamente,
que implica un monto total a imputar de $ 7.050.134,14, importe resultante
de aplicar al monto contractual base de los ítems a reajuste faltantes de
ejecutar, deducido el 10% de utilidad invariable, los incrementos citados,
ascendiendo el nuevo precio de obra al mes de noviembre de 2016 a la
suma de $ 13.554.305,46.
Que asimismo, conforme los cálculos realizados por la mencionada
Sección, se ha incluido en el nuevo presupuesto de la obra, la exención
del Impuesto a los Ingresos Brutos para la ejecución de la obra pública
provincial, atento la vigencia de la Ley Nº10.411.
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores costos,
compensaciones, gastos improductivos o supuestos perjuicios de cual-
quier naturaleza en los términos del artículo 16 del Anexo al Decreto Nº
1231/2010 modicatorio del Decreto N° 1133/2010.
Que se agrega Documento Contable - Nota de Pedido N° 2017/000299
que certica la reserva presupuestaria para atender la erogación que lo
gestionado implica.
Que se advierte que el monto del contrato de la obra de referencia
fue readecuado por Resolución Ministerial Nº 128/2017, mediante la cual
se aprobaron las readecuaciones de los montos de los contratos de obras
públicas abarcados por la exención del impuesto a los Ingresos Brutos
incorporada por la Ley Nº 10.411, en el artículo 215 – inciso 32 del
Código Tributario Provincial Nº 6006 – T.O. por Decreto Nº 2015 y sus mo-
dicatorios, normativa de alcance general.
Que la Subsecretaría de Administración incorpora en estas actuacio-
nes Planilla Resumen de Cálculo, en la que se expresa que en relación a la
aplicación de la exención del impuesto sobre los Ingresos Brutos previstos
en la Ley Nº 10.411, obran en autos los cálculos pertinentes que fueron
revisados en un todo de acuerdo a la fórmula aritmética prevista en el De-
creto Nº 259/2017, habiéndose aplicado la alícuota correspondiente.
Que en consecuencia, vericada la existencia de los supuestos que
tornan procedente la aplicación del citado régimen legal, la Secretaría de
Arquitectura ha considerado conveniente la redeterminación del precio del
contrato, por lo que suscribió con la contratista el Acta Acuerdo de la Prime-
ra Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la Primera, Segunda,
Tercera, Cuarta, Quinta, Sexta, Séptima, Octava, Novena y Décima Varia-
ción de Costos correspondiente a los meses de marzo, mayo y agosto de
2014, febrero, junio y octubre de 2015 y febrero, abril, mayo y setiembre de
2016 y Segunda Redeterminación de Precio correspondiente al mes de
noviembre de 2016, que incluyen la exención del pago del impuesto a los
Ingresos Brutos (inciso 32 del artículo 215 del Código Tributario Provincial).
Que obra Dictamen N° 345/2017 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio mediante el cual se expresa que, de conformi-
dad a las constancias obrantes en autos, surgen acreditados y cumplimen-
tados los extremos legales necesarios previstos por Decreto N° 1133/2010
y su similar N° 1231/2010 atento a que, de los informes técnicos y constan-
cias de autos, se ha vericado la existencia de incrementos promedios en
los costos de la contratación que resultan mayor al siete por ciento (7%)
en relación a los correspondientes al precio básico del contrato original,
cuya redeterminación de precios ya fue realizada conforme la documental
glosada en autos, y posteriores a la addenda de contrato y durante la eje-
cución de los trabajos, por lo que corresponde redeterminar el precio de los
trabajos modicatorios, los que fueron aprobados en el marco del ejercicio
de la prerrogativa modicatoria prevista en los artículos 40 y 41 de la Ley
N° 8.614.
Que dicha Asesoría maniesta también, que la obra se encuentra al-
canzada por las previsiones de la Ley 10.411 y enmarcada en las disposi-

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