Resolución N° 2900/MCGC/22

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición16 de Mayo de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 2900/MCGC/22
Buenos Aires, 10 de mayo de 2022
VISTO: Las Leyes Nros. 471, 6292 (t.c por Ley N° 6347), y los Decretos Nros. 3360/68
y 184/10, el E.E 4143613-GCABA-DGEART/19, Sumario N° 38/19 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 479-GCABA-MCGC-2019 (orden 13), se ha ordenado la
instrucción de sumario administrativo a fin de deslindar las responsabilidades que
pudieran surgir con relación a la sustracción de la computadora Marca Bangho Modelo
Max G01 ID 6045 GB- Serie 0801274301001173 (N° de inventario 11185312) del
espacio “La Vidriera” perteneciente a la Dirección General de Enseñanza Artística de
la Subsecretaría de Políticas Culturales y Nuevas Audiencias denunciada bajo
actuación N° 636210/2018, caratulada como Delito artículo 162, hurto, intervención de
la Fiscalía Criminal y Correccional N° 55 A/C del Dr. Troncoso, Secretaría Única A/C
Dr. Candela, el día 05 de diciembre de 2018;
Que mediante Nota Nº 33202941-DGEART-2018 (orden 2) la entonces Gerente
Operativa de la Dirección General de Enseñanza Artística hizo saber a la superioridad
las circunstancias en que se produjo el hecho denunciado, señalando que se
encontraban involucrados el agente Diego Mariano Cosín, docente a cargo del taller
de "Actuación y Repertorio para Cantantes" y el alumno Christian Alejandro Anchaval;
Que por Nota Nº 04169791-DGEART-2019 (orden 6) se menciona en relación al hurto
de la computadora marca Bangho sustraída del espacio denominado “La Vidriera” el
día martes 4 de diciembre de 2018,que se había realizado una búsqueda intensa por
todos los espacios de la misma y del edificio sito en la calle Perú Nº 372, de esta
Ciudad, con resultados negativos;
Que mediante Nota Nº 04172852-DGEART-2019 (orden 7) se proporcionó los datos
del alumno que ha sido la única persona que se encontraba en el lugar en el momento
de la sustracción;
Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, del Ministerio de Cultura,
mediante del Informe Nº 04227822-DGTALMC-2019, tomó intervención aconsejando
la instrucción de sumario;
Que en virtud del tercer párrafo del artículo 11 del Decreto Nº 3.360/exMCBA/1968,
incorporado por Decreto Nº 468/GCBA/2008, el Director General de Sumarios, requirió
a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura, su
colaboración para que procediese a la realización de la instrucción de este sumario,
reservándose la facultad de indagar a los agentes involucrados y de producir el
informe previsto en el artículo 21 del decreto citado, conforme lo dispuesto en la
Providencia Nº 05059945-GCABA-DGSUM-2019 (orden 35);
Que el Director General Técnico, Administrativo y Legal del Ministerio de Cultura
designó instructora sumariante con los alcances previstos en el Decreto Nº
468/GCBA/08, quien aceptó tal nombramiento mediante el Informe Nº 0689548-
GCABA-2019 (orden 41) y estableció las primeras medidas;
Que por medio de la Providencia Nº 11435951-GCABA-DGTALMC-2019 ( orden 52)
se remitieron las actuaciones a los fines de conocimiento e intervención de la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6378 - 16/05/2022

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