Resolución N° 29/AGT/23

EmisorMinisterio Público Tutelar
Fecha de la disposición 6 de Marzo de 2023
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.° 29/AGT/23
Buenos Aires, 1 de marzo de 2023
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros. 70,
1.903 y 2.095, textos consolidados por Ley N° 6.347, la Resolución CCAMP N°
53/2015, las Resoluciones AGT Nros. 259/2021 y 22/2022, el Expediente
Administrativo A-01-00010729-4/2022, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 124 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
establece que el Ministerio Público posee autonomía funcional y autarquía dentro del
Poder Judicial. Atribuciones receptadas por los artículos 1° y 23° de la Ley Orgánica
del Ministerio Público N° 1.903, según texto consolidado por Ley N° 6.347.
Que la norma precitada establece en su artículo 3° que el gobierno y administración
del Ministerio Público estará a cargo de sus titulares, y su artículo 18°, inciso 2, otorga
a ellos/as la facultad de ejercer los “actos que resultaren necesarios para el
cumplimiento de las acciones encomendadas”.
Que mediante la Resolución AGT N° 259/2021 -rectificada por la Resolución AGT N°
22/2022-, se adjudicó a la Sra. Mariana Lorena Peluso, D.N.I. N°25.142.571 y el Sr.
Sergio Emilio Swetzig, D.N.I. 21.436.124, la Contratación Directa N° 12/2021, para la
locación administrativa del inmueble sito en la Avenida Coronel Cárdenas 2707/2715,
de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el término de treinta y seis (36)
meses, a partir del 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2024 inclusive, con
opción a prórroga por idéntico plazo, para el funcionamiento de la Oficina de Atención
Descentralizada Mataderos-Liniers dependiente del Ministerio Publico Tutelar.
Que, en ese sentido, en la Cláusula Tercera, punto 2 del contrato de locación suscripto
entre las partes, se estableció que los valores de los cánones locativos
correspondientes al segundo y tercer años del contrato serían consensuados por las
partes.
Que, en ese orden de ideas, y a fin de determinar el nuevo canon locativo mensual del
segundo año de alquiler, se solicitó a la Gerencia de Pignoraticio y Ventas del Banco
Ciudad de Buenos Aires la tasación del inmueble en cuestión, la que finalmente fue
estimada en la suma mensual de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($150.000).
Que, en base al referido parámetro, la Dirección de Programación y Control
Presupuestario y Contable inició las negociaciones previstas con los propietarios del
inmueble, quienes luego de varios intercambios, solicitaron la suma de PESOS
CIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL OCHENTA Y CUATRO ($ 198.084) como canon
locativo mensual para el segundo año, por el periodo comprendido entre el 1° de enero
de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2023 inclusive, pagaderos mes a mes, es decir
en la suma total de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL
OCHO ($2.377.008,00), y asimismo, ofrecieron un diez por ciento (10%) de descuento
excepcional para el pago anual de manera anticipada, lo que arroja un canon mensual
de PESOS CIENTO SETENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO
CON 60/100 ($178.275,60), y un total anual de PESOS DOS MILLONES CIENTO
TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SIETE CON 20/100 ($2.139.307,20).
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6574 - 06/03/2023

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