Resolución N° 29 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Julio de 2017
EmisorMinisterio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos
Fecha de la disposición20 de Marzo de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXVIII - Nº 81
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 28 DE ABRIL DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Y CONSIDERANDO: Que a ello se suma la escasez, en el medio profe-
sional local, de expertos y laboratorios que practiquen estudios de poli-
morsmo de ADN; que en atención a la situación expuesta, el Tribunal que
correspondiere del Fuero de Familia podrá: 1) En los casos de liaciones
en las que se ofrece como prueba pericial el estudio especíco de ADN,
ociar: a) al Instituto de Genética Forense dependiente del Área de Ser-
vicios Judiciales; b) Al Centro Piloto de Detección de Errores Metabólicos
(CEPIDEM), dependiente de la Universidad Nacional de Córdoba; c) Otro
ente ocial que realice la misma prueba; 2) Incorporar, si fuere ofrecido
como prueba ya realizada o en el supuesto en que durante la tramitación
del juicio de liación las partes convengan someterse de manera voluntaria
al examen de ADN, (atento la certeza que brinda su resultado) el estu-
dio de ADN que hubiere sido efectuado en un laboratorio privado. En este
caso, el oferente podrá solicitar al Tribunal que en el carácter de prueba in-
formativa, libre ocio (arts. 320, 321, 322 del C. de P.C.) al laboratorio que
lo practicó a n de que remita informe, el que deberá contener: a) Personas
a quienes se practicó la extracción, acompañado del respectivo formulario
de consentimiento informado e información relativa al profesional que prac-
ticó los estudios, fecha de práctica, con rma y aclaración del mismo, b) En
su caso, acompañe copia autenticada del resultado.
Por todo ello y a nes de organizar el sistema de funcionamiento actual;
SE RESUELVE:
Art. 1°) En los casos que los Tribunales de Familia dispongan la práctica
de pruebas de polimorsmo de ADN, deberán ociar al Instituto de Ge-
nética Forense dependiente del Área de Servicios Judiciales o al Centro
Piloto de Detección de Errores Metabólicos (CEPIDEM), dependiente de
la Universidad Nacional de Córdoba, o a otro ente ocial que realice tales
estudios.
Art. 2°) Cuando las partes ofrecieren como prueba un estudio de polimor-
smo de ADN efectuado en laboratorio particular, a opción del proponente,
proceder según el trámite descrito en el segundo punto del considerando
precedente.
Art. 3°) PROTOCOLÍCESE. Comuníquese y dese la más amplia difusión.
Con lo que terminó el acto que previa lectura y raticación de su contenido
rman la Sra. Presidente, los Señores Vocales, con la asistencia del Admi-
nistrador General, Lic. Ricardo J. Rosemberg.-
FDO: Dra. AÍDA LUCÍA TERESA TARDITTI, PRESIDENTA / Dr. DOMINGO
JUAN SESIN, VOCAL / Dr. LUIS ENRIQUE RUBIO, VOCAL / Dra. M. DE
LAS MERCEDES BLANC DE ARABEL, VOCAL / Dra .MARIA MARTA CA-
CERES DE BOLLATI, VOCAL / Dr. SEBASTIAN C. LOPEZ PEÑA, VOCAL
/ Dr.ALEJANDRO OSCAR MOYANO, FISCAL GENERAL DE LA PROVIN-
CIA / Lic. RICARDO J. ROSEMERG, ADMINISTRADOR GENERAL, PO-
DER JUDICIAL
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
ACUERDO NÚMERO: CATORCE. En la Ciudad de Córdoba a tres días
del mes de abril del año dos mil diecisiete, con la presidencia del Dr. Luis
E. RUBIO, se reunieron los Señores Consejeros, integrantes del Consejo
de la Magistratura creado por Ley 8802, Dres. Laura ECHENIQUE, María
Laura LABAT, Silvana CHIAPERO y María M. LOPEZ CARUSILLO.
y ACORDARON: Y VISTO: ….. Y CONSIDERANDO:…..
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
RESUELVE:
1: CONFECCIONAR el ORDEN DE MÉRITOS correspondiente al con-
curso de JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL
(CAPITAL), Con el puntaje total obtenido por los concursantes, conforme
al cuadro anexo.
2°: Protocolícese, notifíquese y archívese.
“El Consejo de la Magistratura de la Provincia de Córdoba hace saber que
la audiencia pública prevista por el art. 29 de la Ley 8802 ha sido jada
para el día 19 de mayo de 2017 a las 16:00 hs., en Avda. Gral. Paz nº 70,
5º piso de la ciudad de Córdoba”
3 días - Nº 97374 - s/c - 02/05/2017 - BOE
MINISTERIO DE AGUA, AMBIENTE Y
SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución N° 29
Córdoba, 20 de marzo de 2017
VISTO: el Expediente N° 0660-009654/2017.
Y CONSIDERANDO:
Que obra nota de la Sra. Secretaria General del Consejo de Desarrollo
Sustentable, Dra. Marta Juliá, mediante la cual eleva Dictamen elabora-
do por la Comisión de “Uso Agronómico de Residuos Agropecuarios” que
contiene el “Proyecto de Norma de Gestión y Aplicación Agronómica de
Residuos Pecuarios de la Provincia de Córdoba”, tratado y aprobado el día
14 de diciembre de 2016 por el citado Consejo.
Que entre los instrumentos prioritarios de política y de gestión ambien-
tal establecidos en el artículo 8, inciso g de la Ley de Política Ambiental

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