Resolución N° 2888 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorEnte regulador de los servicios públicos
Fecha de la disposición 9 de Noviembre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXIII - Nº 227
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 16 DE NOVIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
POLICÍA DE LA PROVINCIA
Resolución N° 63031 - Letra:J
Córdoba, 01 de noviembre de 2016.
VISTO
El Expediente Nº: 0182-033658/2016 por el cual se tramita el llamado a
Licitación Pública Nº: 31/2016 destinada a la “CONTRATACION DEL SER-
VICIO DE RACIONAMIENTO Y CATERING PARA DIFERENTES OPERA-
TIVOS POLICIALES CON DESTINO A LA DIRECCION LOGISTICA (DIVI-
SION INTENDENCIA) DE ESTA REPARTICION”.
CONSIDERANDO
Las constancias obrantes en autos, lo dispuesto por la Ley Nº:
10.155/2013 “Régimen de Compras y Contrataciones de la Administración
Pública Provincial”, reglamentada por el Decreto Nº: 305/2014 y lo tipicado
en el Índice Uno, jado por el Art. 40º de la Ley Nº: 10.322.
Lo establecido en la Ley Nº: 10.155/2013 (Artículo 11º), en relación
a las atribuciones conferidas a esta instancia, para autorizar y adjudicar
adquisiciones de bienes y servicios, cualquiera fuere su monto, a través de
las cuentas especiales que se encuentren bajo esta administración.
EL JEFE DE POLICIA DE LA PROVINCIA
R E S U E L V E
1. APROBAR los Pliegos de Condiciones Generales, Particulares y
de Especicaciones Técnicas que rigen la presente licitación.
2. AUTORIZAR al Departamento Finanzas, a realizar por inter-
medio de la División Compras el llamado a Licitación Pública Nº: 31/2016
destinado a la “CONTRATACION DEL SERVICIO DE RACIONAMIENTO Y
CATERING PARA DIFERENTES OPERATIVOS POLICIALES CON DES-
TINO A LA DIRECCION LOGISTICA (DIVISION INTENDENCIA) DE ESTA
REPARTICION”, hasta la suma total estimada de PESOS DOS MILLONES
TRESCIENTOS DIEZ MIL ($ 2.310.000), según Pliegos de Condiciones
Generales, Particulares y de Especicaciones Técnicas.
3. La División Contrataciones jará fecha y hora de apertura de los
sobres propuestas para dicha Licitación Pública.
4. La erogación correspondiente se hará como: Anticipo Ejercicio
Año 2017 con cargo a Programas y Partidas que el presupuesto autorice
hasta la suma total estimada de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS
DIEZ MIL ($ 2.310.000).
5. La publicidad correspondiente se realizará en el Boletín Ocial y
en el portal web ocial de la Provincia de Córdoba, sin perjuicio de utilizar
otros medios de difusión, según lo establecido en el Art. 16º de la Ley Nº:
10155/2013 “Régimen de Compras y Contrataciones de la Administración
Pública Provincial”.
6. Protocolícese, Comuníquese a quienes corresponda y Archívese
copia.
FDO: CRIO.GRAL.TEC.SUP. GUSTAVO MARCELO VELEZ, JEFE DE POLICIA
ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
ERSEP
Resolución N° 2888
Córdoba, 09 de Noviembre de 2016.-
Y VISTO:
Y vistos el Expediente N° 0521-047513/2014 caratulado: “CONTROL
DE CALIDAD COOPERATIVA SAN ANTONIO LIMITADA, en el que obran
las multas impuestas por el ERSeP al Prestador mediante Resolución ER-
SeP N° 665/2016.
Y CONSIDERANDO:
Que es competencia de este Ente, atento a la normativa vigente, el
tratamiento de la cuestión planteada, todo ello en virtud de lo dispuesto por
los artículos 22, 24, 25 inc. a), e), j), m) y t) de la Ley N° 8.835, Carta del
Ciudadano.-
Que obra en autos antecedentes relativos a la mala calidad del servicio
público de distribución de agua potable suministrado por la Cooperativa de
Servicios San Antonio Limitada.
Que a fs. 189/192 obra Resolución ERSeP N° 81/2016 de fecha 04 de
febrero de 2016, emitida por la Subgerencia de Infracciones y Sanciones
Regulatorias, por la cual se determinó el incumplimiento por parte de la
Cooperativa de Servicios San Antonio Limitada en relación a la calidad del
servicio en la prestación.
Que asimismo, mediante Resolución ERSeP N° 665/2016, formulada
por la Subgerencia de Infracciones y Sanciones Regulatorias, se sancionó
a la prestadora con multas por incumplimiento en la obligación de mante-
ner la concentración de cloro libre en la red por la suma de pesos Ocho
mil ($8.000), incumplimiento al parámetro turbiedad por la suma de pesos
Ocho mil($8.000) y en la obligación de autocontrol por la suma de pesos
Diez Mil ($10.000).
Que obra a fs. 221 informe Técnico del Área Administración Contable
de este Ente Regulador.
Que al día de la fecha, las referidas multas se encuentran en condicio-
nes de ser cumplidas por la Cooperativa de Servicios San Antonio Limita-
da, en razón de no haber sido impugnada la Resolución N° 665/2016.
Que el artículo 42 de la Constitución Nacional, establece: “(…) Las
autoridades proveerána la protección (…)de la calidad y eciencia de los
servicios públicos(...) La legislación establecerá (...) los marcos regulato-
rios de los servicios públicos de competencia nacional, previendo la nece-
saria participación de las asociaciones de consumidores y usuarios y de
las provincias interesadas, en los organismos de control.
Que el Decreto 529/1994 Marco Regulador para la Prestación de los
Servicios Públicos de Agua Potable y Desagües Cloacales de la Provincia
de Córdoba establece en su artículo 7 – Condiciones de Prestación “Los
Servicios Públicos de Agua Potable y Desagües Cloacales deberán pres-
tarse obligatoriamente en condiciones que garanticen su continuidad, regu-

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