Resolución N° 288 - Letra:A

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición27 de Julio de 2015
CÓRDOBA, 9 de Octubre de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCX Nº 195 Primera Sección 11
INSTITUTO ESPECIAL MARIA MONTESSORI DE BELL VILLE”,
con asiento en la Ciudad de Bell Ville, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar
como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese
en el Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles
y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 288 - Letra:A
Córdoba, 27 de Julio de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-120001/2015 mediante el
cual la Entidad Civil denominada “FUNDACION EL
REPOSO”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia
de Córdoba, solicita aprobación de la Reforma General del
Estatuto, dispuesta en Asamblea Extraordinaria con fecha
06/06/2015.-
Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman
cumplidos los requisitos formales, fiscales, estatutarios y le-
gales con relación a la Asamblea General Extraordinaria
con fecha 06 de junio de 2015 por la Entidad Civil
denominada “FUNDACION EL REPOSO”, CUIT N° 30-
51388564-0, con asiento en la Ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba, en la cual se resolvió la Reforma del
Estatuto, modificando el artículo N° 31, en procura de mejorar
el funcionamiento de la Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-148
inc. d) –35, 45 -primer párrafo- y concordantes del
Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los
arts. 2, 10 y correlativos de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION DE
PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma del Estatuto Social,
modificando el art. 31 sancionada en Asamblea General
Extraordinaria con fecha 06 de Junio de 2015, de la Entidad
Civil denominada “FUNDACION EL REPOSO”, CUIT N°30-
51388564-0, con asiento en la Ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba.
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la Personería
Jurídica otorgada por Resolución N° 215”A” /1995 del 24
de Octubre de 1995.-
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial de la Provincia, vuelva al Area de Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 289 - Letra:A
Córdoba, 27 de Julio de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-106822/2013 mediante el cual la
Entidad Civil denominada “ASOCIACION CIVIL, EL, TU Y YO,
JUNTOS POR ELLOS”, con asiento en la Ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como
Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y
fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer párrafo- y concordantes
del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades conferidas
por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “ASOCIACION CIVIL, EL, TU Y YO, JUNTOS POR
ELLOS”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de
Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar
como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones
para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 290 - Letra:A
Córdoba, 27 de Julio de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-120225/2015 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “ASOCIACION CIVIL SEMBRANDO
VIDA”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba,
solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y
fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer párrafo- y concordantes
del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades conferidas
por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “ASOCIACION CIVIL SEMBRANDO VIDA”, con
asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar
como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones
para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 291 - Letra:A
Córdoba, 27 de Julio de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-118941/2015 mediante el cual la
Entidad Civil denominada “FUNDACION EDUFLEX-EDUCACION
FLEXIBLE PARA ARGENTINA”, con asiento en la Ciudad de
Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita aprobación de la Reforma
del Estatuto, dispuesta en Asamblea General Extraordinaria con
fecha 20 de Abril de 2015.-
Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos
los requisitos formales, fiscales, estatutarios y legales con relación a
la Asamblea General Extraordinaria con fecha 20 de Abril de
2015 por la Entidad Civil denominada “FUNDACION
EDUFLEX-EDUCACION FLEXIBLE PARA ARGENTINA”,
CUIT N° 30-71206111-8, con asiento en la Ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba, en la cual se resolvió la Reforma del
Estatuto, modificando los artículos N° 1° , 2, 7 y 18, en procura
de mejorar el funcionamiento de la Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-33
segunda parte, inc. 1º ) –35, 45 -primer párrafo- y concordantes
del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los
arts. 2, 10 y correlativos de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma del Estatuto Social,
modificando los arts. 1, 2, 7 y 18, sancionada en Asamblea
General Extraordinaria con fecha 20 de Abril de 2015, de la
Entidad Civil denominada “FUNDACION EDUFLEX-
EDUCACION FLEXIBLE PARA ARGENTINA”, CUIT N°30-
71206111-8, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia
de Córdoba.
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica
otorgada por Resolución N° 386”A” /11 del 08 de Setiembre
de 2011.-
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial de la Provincia, vuelva al Area de Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 292 - Letra:A
Córdoba, 27 de Julio de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-114802/2014 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “ASOCIACION CIVIL PARA LA
CONSTRUCCION DE UN GOBIERNO ABIERTO”, con asiento
en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita
autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer párrafo- y concordantes
del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad
Civil denominada “ASOCIACION CIVIL PARA LA
CONSTRUCCION DE UN GOBIERNO ABIERTO”, con asiento
en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en
el Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

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